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España

El Constitucional se reafirma en la prohibición

  • El Pleno del tribunal rechaza las alegaciones presentadas por Carles Puigdemont y JxCat

El Tribunal Constitucional (TC) rechazó ayer las alegaciones de Carles Puigdemont para su investidura y le recordó que la autonomía parlamentaria no le posiciona, ni a él ni al propio Parlament, al margen de la obligación de cumplir la ley. El Alto Tribunal prohibió el pasado sábado, de manera cautelar y por tanto provisional, la investidura de Puigdemont de manera telemática o mediante cualquier formula que no implique su presencia en el Parlament y, además, con permiso judicial.

El pleno del Constitucional se reunió ayer para resolver sobre el recurso presentado por el ex president catalán y los diputados electos de Junts per Catalunya (JxCat) contra esta prohibición. Entre otras alegaciones, Puigdemont y los diputados se oponían al hecho de que ese auto advertía al Parlament de "su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir las medidas cautelares adoptadas", apercibiéndoles "de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento".

Es decir, el recurso decía que la obligación de cumplir la medida cautelar bajo apercibimiento de incurrir en delito que señalaba el auto del sábado vulneraba la autonomía parlamentaria. El TC le respondió que "tales advertencias, como expresamente ha señalado este Tribunal, no son contrarias a la autonomía de la Cámara" porque las resoluciones del alto tribunal "deben ser cumplidas también por las cámaras legislativas". En este sentido, el Constitucional recuerda su jurisprudencia, establecida en otra sentencia anterior: "La autonomía parlamentaria no puede erigirse en razón para soslayar el cumplimiento de las resoluciones del Tribunal".

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