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España

Prisión para cuatro 'mossos' condenados por torturas pese al indulto del Gobierno

  • La Audiencia de Barcelona confirma el encarcelamiento de los agentes que torturaron a un rumano al tomarlo por ladrón

La Audiencia de Barcelona confirmó ayer que deben ingresar en prisión los cuatro mossos d'esquadra que fueron condenados a dos años de cárcel por torturar a un detenido, después de ser reducida su pena inicial de hasta seis años y siete meses gracias a un indulto parcial que les concedió el Gobierno.

Ante un último recurso de súplica presentado ante la sala para evitar el ingreso de los mossos en la cárcel, la sección novena de la Audiencia confirmó su resolución inicial por cuanto "no se han modificado las circunstancias que justificaron tal decisión, y por lo tanto, ésta ha de ser mantenida".

Este caso de torturas ocurrió en julio de 2006, cuando cinco mossos d'esquadra detuvieron por error a un ciudadano rumano en Barcelona, le golpearon por todo el cuerpo, le amenazaron y le llegaron a meter una pistola en la boca para hacerle confesar.

La Audiencia de Barcelona condenó en 2008 a seis años y siete meses de prisión a tres de los agentes, a otro a dos años y tres meses y al quinto a seis meses de cárcel por los delitos de torturas, lesiones graves, detención ilegal, inviolabilidad de domicilio, contra la integridad moral y maltrato.

El Tribunal Supremo rebajó en 2009 en un año y diez meses la condena a los tres principales acusados y posteriormente el Gobierno concedió a los cuatro agentes de la Policía catalana un indulto parcial que redujo la pena a dos años de cárcel, lo que abría la puerta a que se libraran de entrar en prisión.

El Gobierno de Mariano Rajoy los indultó el pasado mes de febrero a partir de la información sobre los hechos aportada por el Ministerio del Interior y la Generalitat, el currículum de los acusados, la cantidad de apoyos y adhesiones que solicitaban el indulto y la existencia de una petición por parte del propio afectado.

No obstante, la Audiencia de Barcelona rechazó el pasado mes de mayo la suspensión de la pena de prisión que solicitaba la defensa de los mossos, una medida de la que, de acuerdo con la ley, pueden beneficiarse las personas condenadas a hasta dos años de cárcel que carezcan de antecedentes.

En los autos notificados ayer la Audiencia reproduce los argumentos que le llevaron a desestimar en mayo la suspensión de la ejecución de la condena.

Así, el tribunal insiste en "la naturaleza y especial gravedad de los hechos y delitos" por los que fueron condenados los agentes, como es el delito de torturas en su modalidad agravada.

El tribunal también subraya la existencia de "elementos indicativos de especial peligrosidad criminal" de los condenados e incide en el hecho de que "ejecutaran dicha actuación delictiva en la condición de agente de la Policía".

Por todo ello, la Audiencia indica que "la ejecución de la pena ya iniciada debe continuar" y que los condenados no pueden acceder al beneficio de la sustitución de la pena de prisión, en un auto contra el que ya no caben más recursos.

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