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El Ayuntamiento de Málaga recurre la sentencia por el ruido en Plaza Mitjana

Los cuerpos de policía patrullan por la Plaza Mitjana.

Los cuerpos de policía patrullan por la Plaza Mitjana. / Álvaro Cabrera (Málaga)

Han pasado dos meses desde que el juzgado de lo contencioso Administrativo número 6 de la capital emitiese una sentencia contra la “inactividad” del Ayuntamiento de Málaga ante las denuncias de los afectados. En ese momento expresaron en un comunicado que recurrirían la sentencia, tal y cómo ha hecho la asesoría jurídica del Ayuntamiento apoyándose en los informes que elabora semanalmente la Policía Local de Málaga o el seguimiento que se hace desde el propio área del distrito Centro o desde Medio Ambiente. 

Entienden en el Consistorio que la sentencia no tiene en cuenta las acciones municipales que se han llevado a cabo para controlar el ruido "especialmente desde 2015". Además, la portavoz del Ayuntamiento, Elisa Pérez de Siles, destaca que la situación actual dista de la anterior gracias a las iniciativas privadas que son más respetuosas, ya que la restauración en la plaza ha cambiado. Desde el Ayuntamiento insisten en que debido a las acciones municipales han tenido que cerrar locales ya que las multas por ruido superaban los ingresos que los empresarios percibían por su actividad en la plaza.

Los vecinos, por su parte, también anunciaron el recurso a la sentencia, al entender que el Ayuntamiento debe indemnizarles por el daño que han sufrido. La sentencia reconocía una indemnización de 13.440 euros anuales para cada uno de los afectados sólo si persistía la situación, avalaba un “menoscabo de derechos a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad domiciliaria”, pero no contemplaba una “vulneración grosera y escabrosa del derecho a la vida y a la integridad física o moral” tal y como exigían los vecinos. El colectivo afectado expuso que consideran necesario que no sólo se tuviera en cuenta los daños causados tras haberse aprobado la sentencia, sino que se debían tener en cuentan los hechos pasados tras años de protesta. 

En la sentencia y ante la ignorancia recurrente a las denuncias presentadas por los vecinos, el juez afirmó que esta situación “roza el descaro”. Y reconoció "un traslado o peloteo de las denuncias de un departamento a otro, o, directamente, una inactividad en cuanto a los mismos". "Este juzgador entiende el quebranto que supone no poder abrir siquiera la ventana de tu casa por el ruido o el estruendo que en dicha calle y plaza se vive; y ello merece ser indemnizado hasta tanto en cuanto no se adopten medidas reales y efectivas para sofocarlo", sentencia.

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