JUICIO PARRICIDIO

El Jurado declara culpable de asesinato al hombre que asestó 117 puñaladas a su padre

  • El fallo del jurado considera probado por unanimidad que asesinó a su padre con ensañamiento "aumentando el sufrimiento de forma innecesaria"

El acusado, ante el tribunal.

El acusado, ante el tribunal. / Belén Vargas

El jurado del juicio del hombre que asestó 117 puñaladas a su padre en el Polígono de San Pablo el 13 de septiembre de 206 ha considerado como hechos probados por unanimidad que el acusado lo asesinó "con ensañamiento, aumentando el sufrimiento de forma innecesaria". Para ello se han basado tanto en los testimonios escuchados en el tribunal como en los diferentes informes periciales que forman parte del expediente. 

Todas las decisiones han sido tomadas por unanimidad, salvo el hecho probado de la "disminución de la capacidad de la voluntad por el trastorno paranoide del acusado" a la hora de apuñalar al padre, que ha sido aprobado por una mayoría de 8 votos y con 1 en contra.

Según el fallo hecho público del jurado, queda probado que el acusado, que actualmente está en prisión provisional,  tenía diagnosticado un trastorno paranoide de la personalidad, de forma que su comportamiento  "motivó diversas intervenciones policiales y denuncias después archivadas" por decisión de la víctima.

Asimismo, el jurado señala como probado por unanimidad que en la madrugada del 13 de septiembre de 2016 el acusado y su padre "se enzarzaron en una fuerte discusión" porque el encausado "pensó que su padre le había cambiado la droga que compró para su consumo por morfina mezclada con pastillas".

Durante la discusión, según el jurado, el acusado "fue adoptando un comportamiento cada vez más violento y agresivo" hasta que, en un momento dado y "teniendo disminuida su voluntad a consecuencia del trastorno paranoide que padece", cogió de la cocina un cuchillo y, "aprovechando que su padre estaba sentado en el sofá frente al televisor, se fue para él y, con la clara intención de acabar con su vida, comenzó a asestarle puñaladas" a la altura de la cabeza.

Por último, no se ha considerado probado que tras estos hechos el acusado tomara una cantidad no determinada de pastillas, cogiera algunas pertenencias y saliera a la calle, "donde comenzó a dar voces alertando con ello a los vecinos", que avisaron a la Policía.

Los miembros del jurado no se han mostrado partidarios del indulto total o parcial de la pena que se impusiera al acusado en caso de solicitarlo al Gobierno central. Tampoco se han mostrado favorable a la suspensión de la pena

Atendiendo a la decisión del jurado, el Ministerio Fiscal, que en sus conclusiones definitivas y en el informe solicitaba nueve años de cárcel, en lugar de los once iniciales, y a cumplir en un centro de internamiento psiquiátrico, como presunto autor de un delito de asesinato con la circunstancia eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica, ha ratificado este viernes la petición de nueve años de prisión.

En este sentido, la defensa del acusado, que ejerce el abogado Nicomedes Rodríguez, se ha adherido a la petición de la Fiscalía, si bien, solicitará en el momento oportuno que la pena se cumpla en un centro penitenciario ordinario. Aunque, tanto la magistrada como el letrado de la defensa, han recordado que esta "es un cuestión del procedimiento de ejecución".

Una vez concluido el juicio, la presidenta-magistrada María Auxiliadora Echevarri ha disuelto el jurado y ha agradecido la labor de los miembros de éste en busca de la verdad.

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