Tribunal Supremo

Quince meses de cárcel para un hombre que ayudó a otro a vender un piso de su ex mujer en Rota

  • El Tribunal Supremo confirma la condena de quince meses para el que gestó la venta y la indemnización conjunta de ambos de 20.000 euros para la pareja que compró el piso y 500 euros para la propietaria real

  • Para conseguirlo, uno de los acusados presentó a otra mujer como su ex pareja en una notaría para que le otorgara un poder e intentaron registrar un auto falso de levantamiento de embargo

La pareja estafada compró un piso en Rota que ya tenía dueña

La pareja estafada compró un piso en Rota que ya tenía dueña

Comprar un piso en la playa y encontrarse con que tiene dueña es la desagradable sorpresa que se llevó un matrimonio en julio de 2015 cuando en su recién estrenado piso de Rota llamó a la puerta una señora que dijo ser la propietaria. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla condenó a la persona que gestó la venta a quince meses de prisión y a pagar una indemnización de 20.000 euros, conjuntamente con el presunto dueño, a la pareja estafada y de 500 euros a la propietaria real, que era la ex mujer del vendedor.

Uno de los condenados, la persona que gestó la venta, presentó un recuso de casación ante el Tribunal Supremo, que no ha sido admitido. De este modo, el Alto Tribunal considera que la intervención de recurrente "no puede considerarse en ningún caso accidental sino que fue principal en la comisión de los hechos". Incluso llega a calificar como "superchería" el plan de ambos acusados "puestos de previo y común acuerdo". La vivienda pertenecía a la ex mujer de uno de los acusados. En la sentencia de divocio se atribuía al acusado el uso y disfrute, no la propiedad, del piso de Rota.

Todo comenzó cuando una pareja decidió comprar un piso en Rota y se pusieron en contacto con uno de los condenados que ofrecía sus servicios como gestor inmobiliario y financiero en milanuncios.com. Les ofreció un piso en esta localidad gaditana que, supuestamente, pertenecía al otro acusado. El matrimonio firmó la hoja de encargo el 22 de junio aceptando la comisión de 3.000 euros del gestor y entregó 5.000 euros como señal. Ocho días más tarde, y en el domicilio del vendedor, firmaron un contrato donde se estipulaba que la vivienda estaba libre de cargas, aunque reconocía la existencia de una carga hipotecaria pendiente de cancelación registral a cargo del vendedor. Entonces dieron 12.000 euros al vendedor y los 3.000 euros de comisión al gestor.

En este contrato figuraban el vendedor y su esposa, "en cuyo nombre actuaba el acusado como mandatario verbal". Según recoge la sentencia, éste había sido redactado por la abogada de una gestoría "siguiendo las indiaciones del gestor inmobiliario". La letrada advirtió de la necesidad de contar con un poder de la mujer o la liquidación de gananciales. Para conseguir el poder, fue a la notaría con una mujer parecida a su ex pareja y un DNI que ella había perdido en 2006. Pero no fue esta el único engaño durante el proceso de venta.

Como la vivienda realmente tenía cargas, presentaron ante el Registro de la Propiedad de Rota un auto falso que ordenaba el levantamiento de embargo. El documento fue rechazado porque faltaban las firmas del magistrado y el secretario en un primer momento, y después porque detectó que las firmas eran falsas. Aunque la sentencia reconoce que el falso auto fue elaborado por el vendedor, el gestor inmobiliario "supo que era inveraz cuando lo llevó al registro". En cualquier caso, el 30 de junio le entregaron las llaves a la pareja compradora, que solo 6 días más tarde descubrió que su soñada casa de veraneo tenía otra propietaria.

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