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El TSJA anula la cesión de una vía pecuaria al Ayuntamiento de Utrera

  • El recurso había sido interpuesto por Ecologistas en Acción

  • La sentencia considera que el procedimiento seguido por la Junta de Andalucía para la cesión infringe la ley de vías pecuarias

El TSJA anula la cesión de una vía pecuaria al Ayuntamiento de Utrera

El TSJA anula la cesión de una vía pecuaria al Ayuntamiento de Utrera / M.G.

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado un recurso de Ecologistas en Acción contra la cesión de varios tramos de las vías pecuarias Cañada Real del Pajarero y Cañada Real de Morón al Ayuntamiento de Utrera, con destino a un viario.

La sentencia, que no es firme y aún puede ser recurrida, considera que el procedimiento seguido por la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento es inválido, porque las vías pecuarias tienen su propia ley regulatoria, que obliga a un procedimiento con más garantías cuya finalidad es la conservación de ese patrimonio natural.

El acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del 22 de enero de 2018, pero el TSJA, cuya resolución es del pasado 5 de junio, considera ahora que el procedimiento seguido por las dos administraciones, sustentado en la Ley de Patrimonio de 1986, es "improcedente", ya que la norma que debe aplicarse es la Ley de Vías Pecuarias de 1995.

Es la segunda sentencia que se produce después de que la misma Sala anulase en 2018 otra cesión de una vía pecuaria al Ayuntamiento de Cañada Rosal.

En 2012 la Junta de Andalucía comenzó a aplicar un procedimiento de cesión de tramos de vías pecuarias a los ayuntamientos, con destino a viales, mediante la aplicación de la ley de patrimonio, como si se tratase de cualquier otro dominio público empleando la figura de mutación demanial externa y por acuerdo del Consejo de Gobierno.

La mutación demanial es una figura jurídica que implica el cambio de afectación de un bien o derecho de dominio público a un fin o servicio público distinto.

Hasta la fecha se han efectuado siete cesiones, incluída la ahora anulada. Todas en la provincia de Sevilla, excepto una en Málaga. Las dos últimas han sido las anuladas por el TSJA, donde hay cinco recursos más puestos por Ecologistas en Acción referidos a vías de Cuevas Bajas (Málaga), Espartinas, Dos Hermanas o Brenes, entre otras localidades.

Ecologistas en Acción siempre ha considerado estas actuaciones contrarias a la ley de vías pecuarias, y así lo ha hecho saber a la Junta desde la primera cesión.

Ecologistas en Acción lleva años denunciando deficientes actuaciones en materia de vías pecuarias, como las ocupaciones ilegales, la gestión de los trazados alternativos en el suelo urbanizable, la paralización de las clasificaciones, la ralentización de los deslindes, la práctica paralización de las recuperaciones, etc. que hacen que la gestión de la Junta de Andalucía deba ser calificada de manifiestamente mejorable.

Según la Ley 3/95, las vías pecuarias son las rutas por donde ha venido discurriendo tradicionalmente el ganado. Cañadas, veredas, cordeles y coladas se caracterizan por su anchura. Las cañadas miden 75 metros de ancho. Esta red de caminos también cuenta con abrevaderos, descansaderos, majadas, parideras y demás lugares asociados al tránsito ganadero, constituyendo un patrimonio natural único que debemos conservar para mantener ese transito ganadero, como corredores de biodiversidad y para usos como el paseo, el senderismo, la cabalgada, el cicloturismo y otras formas de ocio y deportivas, siempre que no conlleve la utilización de vehículos motorizados.

 

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