Sentencia "coño insumiso"

La abogada defensora de una de las acusadas "no se ha probado la intención de ofender"

  • Pastora Filigrana señala que la sentencia no ve "razones fundamentadas para los delitos de violencia y odio"

La abogada defensora de una de las acusadas "no se ha probado la intención de ofender"

La abogada defensora de una de las acusadas "no se ha probado la intención de ofender" / José Manuel Vidal/EFE

La abogada de una de las tres mujeres que han sido absueltas de un delito de ofensa a los sentimientos religiosos por participar en la procesión del "coño insumiso" se ha mostrado satisfecha de la estimación que el juez de lo Penal número 10 ha realizado de su informe a la hora de emitir la sentencia. Sobre la absolución, ha destacado que "no se ha probado la intención de ofender a los sentimientos religiosos".

Respecto a la acusación de delito de odio que mantenía la acusación popular ejercida por la asociación de Abogados Cristianos, según Pastora Filigrana, la sentencia está clara: "No hay llamamiento ni arenga contra los cristianos". 

La letrada ha alabado la cantidad de jurisprudencia del tribunal Europeo de Derechos Humanos en la que se basa la sentencia, que incluye referencias al caso de las Pussy Riot en Rusia y considera las valoraciones personales del magistrado "como muestra de un momento actual y modo de dar un contexto al hecho juzgado". 

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