Colegios profesionales

La Abogacía sevillana pone en marcha el Defensor del Colegiado

  • Abordará los retrasos en los juicios y las faltas de consideración

  • Fue una de las medidas del programa electoral del decano Óscar Cisneros

Juan Piñeyro y María Jesús Gimeno (primeros por la izquierda) con el resto de la Junta de Gobierno

Juan Piñeyro y María Jesús Gimeno (primeros por la izquierda) con el resto de la Junta de Gobierno

El Colegio de Abogados de Sevilla pone en marcha este martes la Comisión del Defensor del Abogado, que tendrá una doble vertiente para proteger los derechos de los profesionales frente a la Administración de Justicia o de otra índole, así como las incidencias derivadas del funcionamiento del propio Colegio de Abogados.

Dicha Comisión está constituida por el decano, Óscar Cisneros, y los miembros de su Junta de Gobierno Juan Piñeyro y María Jesús Gimeno Puche. Fue una de las promesas electorales de la Junta de Gobierno que tomó posesión en marzo de 2019.

Junto con la presentación enviada a sus compañeros, la Comisión del Defensor del Abogado ha incluido en la web del colegio un formulario de notificación de incidencias ante un órgano judicial o administrativo y otro para dar cuenta de disfunciones en los órganos del colegio.

Dicen en su presentación que es una institución “que aspira, en última instancia, a velar por el respeto de la profesión ante la Administración y potenciando las buenas prácticas desarrolladas en los órganos jurisdiccionales así como a mejorar la relación y el funcionamiento entre el colegiado y el Colegio”.

El Defensor del Abogado es una figura que ya existe en colegios andaluces como los de Córdoba, Jaén y Málaga. También en Madrid y Baleares, aunque en este último caso solo para quejas por el funcionamiento inadecuado de los servicios del propio colegio.

Durante la campaña electoral al Colegio de Abogados de Sevilla, Óscar Fernández León -miembro de la candidatura de Óscar Cisneros- exponía las situaciones susceptibles de plantear a esta Comisión: retrasos en el comienzo de las vistas, deficientes infraestructuras al servicio del profesional y falta del debido respeto profesional por parte de los operadores jurídicos.

El amparo de los órganos corporativos está previsto en el Estatuto General de la Abogacía, pero ese remedio queda reservado a situaciones de grave vulneración de los principios de independencia, libertad, integridad, lealtad y secreto profesional que pueden cometerse por la autoridad judicial, según Fernández León.

También existe un elenco de medidas de las que puede hacer uso el abogado ante situaciones de falta de consideración, respeto o medidas injustas, aunque la realidad es que pocos abogados hacen uso de ellas por temor a perjudicar los intereses del cliente.

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