RECUSADO POR EL PP

Anticorrupción sigue sin ver causa de recusación del juez que fue alto cargo de la Junta

  • Ve una “corriente recusatoria” para apartar a Pedro Izquierdo de juicios que afecten a la Junta 

  • Como alto cargo, sus funciones eran “ajenas” a los cursos de formación investigados  

Pedro Izquierdo, presidente de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla

Pedro Izquierdo, presidente de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla

La Fiscalía Anticorrupción sigue sin ver motivos para que Pedro Izquierdo, el magistrado que fue alto cargo de la Consejería de Justicia entre 2008 y 2014, sea recusado para juzgar causas que afecten a la Administración andaluza. Pese a ello, acepta que sea apartado de resolver sobre los cursos de formación, dado que él mismo se ha inhibido.

Anticorrupción entiende que “el mero hecho del desempeño de un cargo público en la Administración autonómica andaluza no es, per se, causa de abstención o recusación. Sobre todo en el presente supuesto, donde las funciones realizadas por el magistrado recusado son ajenas al ramo de estas actuaciones”.

Pese a ello, dado que el propio Izquierdo pidió apartarse de los recursos por el archivo del caso de la formación y que una sala de la Audiencia ya decidió que no debía juzgar la llamada pieza política de los ERE, la Fiscalía Anticorrupción “lo acata y respeta, aún siendo contrario al parecer de este Ministerio Público”.

Pedro Izquierdo fue secretario general de Justicia de la Junta durante seis años,  tras lo cual regresó a su puesto como presidente de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla.

En mayo de 2017, la Sección Tercera de la Audiencia decidió apartarle de juzgar la rama política de los ERE en base a la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la “necesaria imparcialidad subjetiva del juez” y la necesidad de “sembrar la  confianza de las partes y de la sociedad en el correcto funcionamiento de los tribunales. Lo fundamental no es determinar si el juez ha perdido o no la imparcialidad”, sino si “existe una sospecha razonable de parcialidad”.

A raíz de esa resolución, el propio Izquierdo promovió su abstención para resolver los recursos relativos a los cursos de formación y a los avales y préstamos concedidos por la agencia Idea. La primera de ellas siguió tramitándose al haberse cruzado el escrito de recusación promovido por el PP y la propia inhibición del magistrado.

Esta nueva recusación ha correspondido a la Sección Cuarta de la Audiencia. Al igual que hizo anteriormente ante la Sección Tercera, Anticorrupción insiste ahora en que no hay motivos para apartar a Izquierdo de este caso. La “subordinación” alegada por el PP no se puede dar por hecha por el mero hecho de que el expresidente de la Junta Manuel Chaves firmara su nombramiento, algo que “venía obligado por el rango normativo del decreto”, ya que a él quien lo eligió fue la consejera de Justicia. Además, Chaves “no se encuentra investigado en esta causa”.

La única subordinación de Izquierdo era “la genérica que tienen absolutamente todos los funcionarios de la Junta respecto del presidente del Consejo de Gobierno de la Junta”, precisa Anticorrupción.

Y añade que “no es cierta” la afirmación del PP de que el proceso se siga contra la Junta.  “El procedimiento se dirige contra personas físicas, por más que su actuación, coordinada o no, lo fuera en el seno de una administración pública”.

El PP consideró que Izquierdo tenía “interés directo o indirecto” en el pleito por el hecho de haber ostentado durante seis años un cargo de confianza y haberse relacionado con los encausados. Pero Anticorrupción entiende que el escrito de recusación “no concreta hecho alguno que refleje ese interés directo o indirecto”.

Tampoco ha acreditado la supuesta “amistad manifiesta” de Izquierdo con alguno de los encausados, “al margen del hecho cierto de haber sido nombrado y  mantenido en el cargo de confianza por dos de ellos”, dice el escrito de Anticorrupción.

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