Minas de Riotinto

La Fiscalía eleva su petición por Minas de Riotinto y el juicio pasa a la Audiencia

  • Nuevo retraso para juzgar unos hechos ocurridos hace 13 años

  • Fracasó un intento de alcanzar una conformidad que dejaría la condena en unos meses de cárcel

Carlos Estévez, a su salida del juicio

Carlos Estévez, a su salida del juicio

El último juicio contra los anteriores gestores de Minas de Riotinto tuvo este martes un azaroso trayecto: La Fiscalía reveló que, por un error,  en realidad solicita más condena de la que figura en la causa y el juez de lo penal 4 acordó remitir el caso a la Audiencia provincial por ser la competente, lo que significará dos o tres años más para juzgar unos hechos ocurridos hace 13 años.

Van a ser juzgados Carlos Estévez, ex consejero delegado de Minas de Riotinto, y sus colaboradores Luis A.F., Luis A.B., Francisco G.A. y José Francisco R.F. que se enfrentan a una petición de tres años y medio de cárcel por presunta falsedad en documento mercantil y estafa procesal en tentativa al deteriorarse las relaciones con los inversores extranjeros de la mina onubense.

Antes del inicio del juicio, la fiscal del caso reveló que su escrito de acusación que figura en las actuaciones era en realidad un borrador y no el que fue visado por su superior jerárquico. En consecuencia, no imputa solo a los acusados una presunta falsedad en documento mercantil, por el que pide 9 meses de prisión y multa de 2.880 euros, sino otro delito de estafa procesal en tentativa, con una petición de dos años de cárcel.

Por tanto, el juez de lo penal 4 acordó remitir el juicio a la Audiencia provincial dado que le corresponde la “competencia imperativa” pues la pena en abstracto para el delito de estafa procesal supera los seis años de prisión.

Las defensas de los procesados hicieron constar su protesta ante esta “indefensión” y consideraron que lo correcto sería devolver las actuaciones al juzgado de instrucción para que puedan “articular conforme a Derecho su defensa ante esta modificación sustancial”.

Añadieron en su protesta una “falta de legitimación” de la compañía chipriota Emed Tartesus para ejercer la acusación particular. Ello deriva de que en el año 2012, en un momento en que se negociaba una conformidad, se desistió de todas las acciones penales y como tal lo recogió una providencia judicial, pero por un error del juzgado se le mantuvo como parte hasta el día de hoy.

“Si se ha desistido, no puede volver a ejercer la acusación, que sería totalmente inadecuado e ilícito”, alegaron los defensores.

A ello respondió el juez que tal falta de legitimación de Emed Tartesus debe ser resuelta por la Audiencia como órgano de enjuiciamiento y allí es donde deben plantearlo las partes.

Fracasó un intento de conformidad

Fuentes del caso informan a este periódico de que el auto de apertura de juicio oral fue por los dos delitos de falsedad y estafa procesal en tentativa de los que imputa la segunda empresa acusadora, Shorton. Pero dicho documento recogía la acusación de la Fiscalía solo por el delito de falsedad.

La remisión a la Audiencia supondrá varios años más de espera para un caso en el que se negoció hasta última hora una conformidad -rechazada por los acusados- que podría haber rebajado la condena a solo unos meses de cárcel, según las citadas fuentes.

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