PORNOGRAFÍA DE MENORES

Dos años de cárcel por pedir a su hijastra una foto desnuda por WhatsApp

  •  Abusó de su "relación fluida como padre e hija" desde los dos años

  • La petición de condena incluye 5 años sin trabajar con menores

La Fiscalía pidió este martes dos años de cárcel y cinco años de prohibición de trabajar con menores para un hombre que pidió a su hijastra, una chica de 16 años con la que convivía desde los dos años, que le enviase por WhatsApp una foto desnuda.

El acusado Joaquín C.B. había sido pareja de la madre desde que la niña contaba dos años, había convivido en el mismo domicilio y entre ambos se había establecido una relación “cordial y fluida, como padre e hija”, según la Fiscalía.

El 15 de octubre de 2015 el acusado vio a la joven regresar desnuda desde la ducha a su dormitorio y le envió un WhatsApp en los siguientes términos: “esto te va a sonar raro pero no lo creas de verdad. Tienes un cuerpo muy bonito… Pero no me malinterpretes y no le digas a nadie que te he dicho esto, que van a pensar mal de mí… Si me guardas el secreto yo te guardo el tuyo… Pero algún día quiero una foto tuya porque yo hago muchas cosas por ti. Solo una y ya está, como te he visto hoy. Porfa. No hay nada malo, es entre tú y yo”.

La chica no llegó a enviarle ninguna fotografía, su madre se separó del acusado en octubre de 2016 y la joven formuló denuncia por estos hechos el 23 de octubre de 2017.

El juicio se ha celebrado hoy en la Audiencia de Sevilla, después de una oferta de conformidad que el acusado rechazó por considerar excesiva la condena.

Joaquín C.B. no negó los hechos pero declaró que todo fue “una tontería, se arrepintió en cuanto mandó el WhatsApp” y explicó lo sucedido por las tensiones familiares que sufría en aquella época, con malas relaciones con su pareja.

La Fiscalía le imputó un delito de captación de menores para la elaboración de material pornográfico, con una pena de dos años de prisión, así como 500 euros de indemnización para la víctima. A ello añadió otros tres años de libertad vigilada e inhabilitación especial durante cinco años para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores  de edad.

La acusación particular que ejerció la joven elevó la pena a tres años de cárcel e indemnización de 5.000 euros. Su abogado hizo una lectura más dura de los intentos de aproximación del acusado a su hijastra, pues le hacía verlo como “algo normal y sin malas intenciones, como recompensa por haber soportado broncas que no le correspondían“.

“Dado que convivía con la niña desde que tenía dos años y se había forjado una relación paterno-filial, el acusado se sirvió de ello para presionar, bajo un abuso de confianza y superioridad”, según la acusación particular. El procesado “le hacía creer que ella tenía la culpa de las broncas y que con el afán de protegerla se cargaba las broncas a sus espaldas”.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios