Memoria Democrática

De los “gritos subversivos” de Rodríguez de la Borbolla al despido por quejarse del potaje

  • La nueva Ley de Memoria Democrática anulará injustas condenas dictadas en Sevilla

  • Llamaban “asambleas” a la coincidencia de trabajadores al iniciar la jornada

Multa a Rodríguez de la Borbolla por manifestación no autorizada

Multa a Rodríguez de la Borbolla por manifestación no autorizada

La nueva Ley de Memoria Democrática que prepara el gobierno promete anular los juicios sin garantías del franquismo. Sevilla acumula una buena muestra de llamativas sentencias del Tribunal de Orden Público, de la Audiencia y de los juzgados de lo Social que avalaban el despido de los entonces llamados enlaces sindicales por cuestiones tan banales como protestar por la comida del comedor de la empresa o por tener en su casa un ejemplar del periódico Mundo Obrero.

El Archivo Histórico de CCOO en Andalucía guarda miles de expedientes de los primeros despachos laboralistas sevillanos, con documentos tan reveladores como la multa de 5.000 pesetas (704 euros actualizados a día de hoy) que el Gobierno Civil de Sevilla impuso en 1968 a José Rodriguez de la Borbolla, luego presidente de la Junta de Andalucía (1984-1990), por  “proferir gritos subversivos” durante una manifestación no autorizada.

Dicho archivo conserva, por ejemplo, la condena que el Tribunal de Orden Público impuso en mayo de 1970 a  Francisco Sánchez Legrán, fundador de FACUA en la democracia y uno de los pioneros en la defensa de los derechos de los consumidores.

Sánchez Legrán tenía entonces de 21 años, era tornero de profesión y tenía “mala conducta social”, según sentenciaba el tribunal. Como “miembro activo de la rama juvenil de las denominadas Comisiones Obreras”, fue condenado a un año de prisión, junto a otras ocho personas, por dedicarse en  1969 en Sevilla a “labor de proselitismo en sus respectivos centros de trabajo” y por “confeccionar y reproducir a ciclostil” panfletos con motivo de “situaciones conflictivas”.

En 1970, un Consejo de Guerra condenó a penas de entre tres meses y un año de cárcel a ocho obreros de la construcción que participaban en una manifestación de unas doscientas personas con motivo de una huelga en el sector por reivindicaciones laborales y, cuando la marcha llegó a unas obras en el hospital García Morato (ahora Virgen del Rocío), algunos manifestantes empezaron a tirar piedras a la Policía que intentaba disolverles.

900 cucharas contra el aspecto del potaje de garbanzos

A veces la Magistratura del Trabajo declaraba improcedentes los despidos, como el que llevó a cabo en 1974 Construcciones Aeronáuticas S.A. de tres enlaces sindicales por la protesta de 900 operarios en el comedor de la factoría: se produjo una “alteración del orden” cuando a la mayoría de comensales no les gustó el aspecto y sabor del primer plato del almuerzo, consistente en potaje de garbanzos, y exteriorizaron su protesta dando voces y golpes con las cucharas sobre las mesas.

Según la sentencia, “no consta que los tres enlaces sindicales sancionados con despido hayan promovido, alentado ni tratado de mantener el estado de alteración que se produjo en el comedor y tampoco que se resistieran a obedecer al subdirector cuando ordenó que se reintegrasen al trabajo”.

En febrero de 1975, otro magistrado del Trabajo anuló el despido de un vocal del Jurado de Empresa de Astilleros Españoles. Ocurrió a raíz de que la empresa prohibiese las asambleas, advirtiendo que la participación en las mismas podría ser sancionada como falta grave por alterar “el orden laboral y el bienestar entre los integrantes de la empresa”. 

El juez determinó que el sindicalista no había organizado “asambleas que no han existido” ya que “no pueden calificarse de asambleas las reuniones o coincidencias de un número variable de trabajadores, minutos antes de la iniciación de la jornada”, en un punto llamado Varadero que era “lugar obligado de entrada del personal a la factoría”. Allí los trabajadores “minutos antes del toque de sirena se detienen a tomar un refrigerio y forman grupos en los que cambian impresiones, principalmente sobre temas laborales”, según el juez.

Menos suerte tuvo en mayo de 1952 un albañil sevillano que fue condenado a dos años y cuatro meses de cárcel por la Sección Primera de la Audiencia por delitos de propaganda ilegal y asociación ilícita. Su delito fue haber recibido  hojas editadas por el Partido Comunista tituladas “Contra las burlas sangrientas del franquismo” y porque en su domicilio se intervino un ejemplar del periódico clandestino Mundo Obrero.

Uralita fue otra empresa con importantes movilizaciones: la Justicia confirmó la sanción de hasta dos meses y medio de suspensión de empleo y sueldo a tres enlaces sindicales porque el 21 de octubre de 1976 gran parte del personal que debía entrar a las 6 de la mañana se concentró en el patio durante cinco horas,  en protesta porque el nuevo aparcamiento para el personal carecía de comunicación interior con la factoría y suponía un peligro al tener que cruzar la carretera.

Además de los enlaces sindicales, la empresa sancionó a otros operarios, a los que recordó que “la mera participación en dicho paro colectivo constituye una falta muy grave y causa de despido procedente”, aunque “teniendo en cuenta su participación pasiva, por esta vez se le impone la sanción de multa de un día de haber”.

Expulsado de la Universidad por gritar “Decano fascista”

Otros documentos que conserva el Archivo Histórico de CCOO se refieren a la expulsión de la Universidad de Sevilla de numerosos estudiantes: por ejemplo la inhabilitación de dos años impuesta a 23 alumnos de Filosofía, Derecho, Medicina, Arquitectura e Ingeniería Industrial en abril de 1968 por la celebración de asambleas “en alguna de las cuales se ha incitado a la comisión de graves alteraciones del orden académico y del orden público y  celebración de conferencias a pesar de la prohibición”.

En octubre de ese mismo año, la Junta de Gobierno de la Universidad propuso la expulsión definitiva de un alumno y además dio cuenta a la autoridad judicial por si los hechos fuesen constitutivos de delito. Ocurrió cuando una docena de alumnos rodeaban un cartel en la Facultad de Filosofía e impedían retirarlo profiriendo gritos como “Decano fascista”. El expediente destacaba que “algunas de las voces eran femeninas” y el único alumno identificado fue expulsado por “falta grave de insubordinación y ofensa contra la autoridad académica”.

El hotel El Flamenco de la playa de Matalascañas fue escenario de un plante de siete camareros que el 5 de agosto de 1975 anunciaron, con dos horas de antelación, que se negarían a servir el turno de cena en protesta por el despido de otro compañero. Al día siguiente fueron despedidos fulminantemente y el juez declaró la medida procedente, sin derecho a indemnización.

La huelga de los Médicos Internos Residentes (MIR) en 1975 fue objeto de centenares de despidos a nivel nacional por “no haberse reintegrado al régimen normal de trabajo” o “haber participado personalmente en las alteraciones colectivas”.

Un MIR de tercer año en el Virgen del Rocío argumentaba en respuesta a su  expediente que las reivindicaciones del colectivo eran “tan alarmantes y justas”, como la petición “irrisoria” de aumento salarial de acuerdo con el coste de la vida. Negaba que realizasen “un aprendizaje a título de becarios ya que prestamos un servicio real y un trabajo efectivo como cualquier trabajador por cuenta ajena, en beneficio de la sanidad y también de la patronal que, ingresando fabulosas sumas por cuenta de la Seguridad Social, nos satisface unos salarios ciertamente miserables”.

Revisión médica a las mujeres con la ventana abierta al patio de los hombres

Las trabajadoras de la empresa Riviana, dedicada al aderezo y relleno de aceitunas, protagonizaron varias protestas ante las autoridades laborales: en noviembre de 1973 denunciaron que 16 de ellas habían sido suspendidas de empleo y sueldo por falta de trabajo, que en realidad se debía a que la empresa “por mala administración comercial” se había quedado sin suministro de botes, lo que -apuntaban- podría incluso incurrir en “un delito social por perjudicar los intereses de los obreros”.

Dos años después, en 1974, un nuevo escrito denunciaban que las llamadas “boteras” eran colocadas a trabajar como “faeneras”, lo que les causaba “un evidente perjuicio económico porque no se le respeta la prima que vienen obteniendo como boteras”.

Y añadían otra denuncia: el reconocimiento médico se hacía a las mujeres “en una sala con la ventana abierta al patio donde trabajan los hombres”, con el facultativo a solas y exigiendo a las operarias desprenderse de su ropa interior, “cosa innecesaria dado el carácter rutinario y superficial de dicho reconocimiento”.

Las obreras de Destilaciones Bordas Chinchurreta, dedicada a la manipulación de pulpa de naranja agria,  denunciaban en 1974 ser obligadas a realizar su trabajo de pie, pese a que otras industrias afines lo hacían sentadas; que sus vestuarios eran “totalmente insuficientes, con solo tres o cuatro retretes para la totalidad de las trabajadoras” y que no se les facilitaban guantes para evitar el contacto de sus manos con ácido sulfúrico.

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