La lentitud de la Justicia

Justicia rápida para lo que se quiere

  • La Justicia de Estados Unidos ha condenado en menos de un año a uno de los principales implicados en el asalto al capitolio, unos tiempos judiciales que ya quisiéramos en España

Justicia rápida para lo que se quiere

Justicia rápida para lo que se quiere / D. S.

Dicen que las comparaciones son odiosas, pero a veces no queda más remedio que hacerlas. Estos días hemos conocido que el líder del asalto al Capitolio –recordarán a Jacob Chansley por su imagen disfrazado con unos cuernos de bisonte y la bandera estadounidense dibujada en su rostro– ha sido condenado a 41 meses de prisión por un juez federal de Washington. Con independencia de la pena impuesta, lo que llama la atención sin duda es la rápida actuación de la Justicia en el país norteamericano, porque los hechos por los que ha sido condenado este personaje, conocido como el chamán de QAnon, ocurrieron hace menos de un año, en concreto el pasado 6 de enero.

Algo parecido ocurrió en 2009 con Bernard Madoff, que fue condenado sólo siete meses después de que se destapara la mayor estafa piramidal de la historia, cifrada en unos 35.000 millones de euros. El financiero fue condenado a cadena perpetua, y falleció en prisión, por causas naturales en abril pasado, con 82 años. Aunque el sistema legal norteamericano quizás no pueda considerarse el más perfecto del mundo, no olvidemos que mantiene por ejemplo la pena de muerte, lo que no se le puede negar en líneas generales es su celeridad.

En estos dos ejemplos es cierto que se partía del reconocimiento de los delitos por parte de los dos acusados, pero aun así los tiempos de la Justicia yanki son dignos de envidia, sobre todo si se compara con España, salvando las distancias, que también son muchas.

¿Se imaginan el caso de los ERE y otros similares resueltos en menos de un año?

¿Se imaginan el caso de los ERE y otros similares resueltos en menos de un año? Es imposible. Algunos dirán que no valen las comparaciones, que estos asuntos son más complejos y voluminosos. En el caso concreto de los ERE, en el que se investiga el destino de 680 millones de euros en ayudas, la instrucción judicial comenzó en el año 2011 y, tras la división de la macrocausa en más de un centenar de piezas, la primera sentencia, la de la pieza política, se conoció en noviembre de 2019.

Se acaba de cumplir el segundo aniversario y, en principio, no habrá una sentencia definitiva por parte del Tribunal Supremo hasta el año que viene. Es decir, cuando se resuelvan los recursos de los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y de los otros 17 ex altos cargos condenados, habrán pasado como mínimo 11 años desde que se inició la investigación judicial. Nada que ver, insisto, con los tiempos de la Justicia en Estados Unidos.

Los jueces españoles siempre se quedan de la falta de medios personales y materiales, y comparan la ratio de jueces por habitantes que hay en otros países para justificar los males de la Justicia española.

Un juzgado fija un juicio para el 2026 pero le da “4 días” al ciudadano para presentar un poder

En el caso de Sevilla, no sólo tenemos saturados los juzgados de lo Penal y las secciones penales de la Audiencia de Sevilla, los problemas se extienden a otros órganos judiciales como los juzgados de lo Mercantil y, sobre todo, los juzgados de lo Social. Estos últimos, que se encargan de resolver las demandas laborales, los despidos y las reclamaciones de cantidad, son noticia un día sí y otro no debido a la tardanza en la celebración de los juicios, que en algunos casos se están señalando ya para el año 2026. Una auténtica pasada.

Un juicio para marzo de 2026, dentro de cuatro años. Un juicio para marzo de 2026, dentro de cuatro años.

Un juicio para marzo de 2026, dentro de cuatro años. / J. G.

No dudo de que hagan falta más jueces. En cualquier caso, en España parece que tenemos una Justicia rápida para lo que se quiere. Y si no, pueden observar el ejemplo que aparece junto a estas líneas donde figura un juicio laboral, por una reclamación de cantidad, que ha sido fijado para el “10 de marzo de 2026, a las 10:45 horas”, es decir, para dentro de más de cuatro años.

Pero el ciudadano tiene que comparecer "en 4 días". Pero el ciudadano tiene que comparecer "en 4 días".

Pero el ciudadano tiene que comparecer "en 4 días". / J. G.

Pero lo más gracioso, si se puede considerar así, es la celeridad con la que el juzgado requiere al trabajador para que aporte el apoderamiento para intervenir el proceso. ¡Ojo al dato!, como diría José María García, el trabajador sólo tiene un “PLAZO DE 4 DÍAS” para presentar el poder notarial o acudir al juzgado, lo que contrasta con los más de cuatro años que tiene el juzgado para fijar el juicio. Ciertamente la Justicia española no se parece en nada a la de los Estados Unidos.

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