Barriadas

La Junta es condenada a arreglar una vivienda pese a las obras ilegales del inquilino

  • La Administración atribuyó los daños a que el inquilino había ampliado ilegalmente la cocina y el baño 

  • La juez da más credibilidad al peritaje aportado por los arrendatarios

Una imagen del Parque Amate

Una imagen del Parque Amate / Juan Carlos Vázquez

La Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía ha sido condenada arreglar las filtraciones, fontanería, electricidad y termitas de una vivienda social del Parque Amate, cuyo importe total ha sido fijado en 13.588 euros para subsanar los graves problemas de “habitabilidad, seguridad y salubridad” que presenta.

La agencia de la Junta argumentó que la mayor parte de las patologías habían aparecido en la “parte ilegal de la vivienda”, en concreto en la cocina ampliada mediante una “deficiente construcción” y ocupando el patio, y el cuarto de baño, que había “perdido aislamiento derivado de la  obra ilegal, consistente en eliminación de la mitad del cerramiento de la fachada trasera”.

La actual arrendataria es una mujer divorciada, con múltiples enfermedades tales como nefrosis, artrosis severa, fibromialga, osteoporosis y lesiones en la columna. Estas patologías “se agravan debido a las condiciones absolutamente deficientes en las que se encuentra la vivienda”, según la demanda presentada por el abogado Alberto Revuelta.

Vive con su hijo pero ambos “soportan una precaria situación económica, sin ningún bien en propiedad” y pagan una renta mensual de 1,10 euros, según la sentencia que ha condenado a la Junta a abonar la totalidad de los trabajos que reclamaban.

La resolución del juzgado de primera instancia 3 de Sevilla, a la que tuvo acceso este periódico, empieza diciendo que la Ley de Enjuiciamiento Civil permite al juez “atribuir una mayor verosimilitud a uno de los dictámenes periciales sobre otro si aparece realizado bajo parámetros técnicos, lógicos, racionales y objetivos” y valorar ambos “según las reglas de la sana crítica”.

Por ello, la juez da credibilidad al peritaje aportado por la inquilina, que atribuyó el estado de la vivienda a su falta de mantenimiento. En concreto, citó las humedades por filtraciones en las cubiertas, goteras en el baño, salón y cocina por rotura o fisura del colector y una instalación eléctrica obsoleta, no ajustada a la normativa vigente “y muy peligrosa”.

La vivienda, de 40 metros cuadrados, también tiene puertas con termitas y el perito de la Junta añadió a las patologías un desprendimiento de azulejos, rotura de baldosas y entrada de ratas.

Recoge la sentencia que las únicas actuaciones llevadas a cabo por la Junta fueron obras urgentes, entre otras un refuerzo de las cubiertas por el interior de la vivienda, picado y guarnecido de los paramentos afectados por las humedades, pero “sin resolver las patologías existentes en la vivienda”.

Un peritaje de la Agencia de la Vivienda argumentó que la mayor parte de los problemas de habitabilidad se debían a las obras de ampliación ilegales, en especial la falta de aislamiento al haber eliminado la mitad del cerramiento de la fachada posterior para ampliar el baño.

La juez concluye que, efectivamente, “la obra ilegal ha podido influir en la agravación e incluso causación de algunos de los daños observados”. Pero añade no se ha podido determinar la fecha en que se realizaron ni su autor y ahora es “una realidad que ha sido consolidada, que forma parte de la vivienda”. Concluye que debe prevalecer el peritaje aportado por la inquilina frente al de la Junta, que “se basa fundamentalmente en la ilegalidad de la obra y justifica puntualmente cada uno de los defectos atribuyendo la obligación de reparación al arrendatario”.

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