Lora del Río

Sentencia contra el Ayuntamiento por "vulnerar" los derechos de un edil de la oposición

  • Un juzgado estima un recurso del concejal contra la "inactividad" del Gobierno local ante una petición de información

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis de Sevilla ha ordenado al Ayuntamiento de Lora del Río, que facilite al concejal demandante la información que había solicitado respecto al Libro Registro de Entrada y Salida de documentos, considerando que su "inactividad" ante esta petición de información ha supuesto una "vulneración" de los derechos del edil.

En su sentencia, emitida el pasado 18 de diciembre, la citada instancia judicial aborda un litigio "contra la inactividad" del Ayuntamiento ante su solicitud de acceso a la documentación del Libro Registro de Entrada y Salida del Consistorio comprendida entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de tal año, bajo la premisa de que "dicha inactividad constituye una palmaria violación del derecho fundamental contemplado en el artículo 23 de la Constitución Española, en relación con el derecho de los concejales a la información necesaria para el desempeño de sus cargos".

Frente a ello, y según figura en la sentencia, el Ayuntamiento de Lora del Río alegaba que se trataba de "una solicitud genérica" en la que "no se especifica qué es lo que se quiere ver" y que no se trataba de "un acceso limitado, concreto y detallado".

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis determina que la petición de documentación cursada por el concejal es "concreta y determinada, sin que pueda considerarse genérica como entiende la administración demandada", constatando que "pasaron cinco días desde la solicitud sin que se respondiera a lo solicitado, por lo que había que entender estimada" la petición, toda vez que "no consta que, pese a que se le reconoció el acceso al citado Libro por silencio positivo, se haya puesto de forma efectiva a su disposición".

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