Utrera

La Audiencia ordena investigar la “sospechosa inactividad” del Ayuntamiento de Utrera

  • Seis años sin revisar una licencia de obras pese a las resoluciones judiciales

Sede del Ayuntamiento de Utrera

Sede del Ayuntamiento de Utrera

La Audiencia de Sevilla ha ordenado al juzgado de Utrera que reabra la denuncia por prevaricación contra Llanos López Ruiz (PSOE), delegada de Urbanismo del Ayuntamiento de Utrera, por su “sospechosa inactividad” para revisar la licencia urbanística que permitió la acometida de gas natural a la sede de una filial de Abengoa en la localidad.

La Sección Tercera de la Audiencia, en un auto al que tuvo acceso este periódico, recuerda que la propietaria del terreno expropiado acudió a la vía Contencioso-Administrativa y se dictó una resolución que anulaba la declaración de utilidad pública de la finca, con la obligación de reposición de la misma a su propietaria o la indemnización en caso de imposibilidad material.

“Se aprecia indiciariamente una sospechosa inactividad por parte de la delegación de Urbanismo, al haber transcurrido el prolongado tiempo de seis años sin que, pudiendo hacerlo, tramitarse el procedimiento de revisión de oficio de la autorización del proyecto de actuación y concesión de licencia urbanística”, según el auto.

El ciudadano "se vio abocado a acudir a los tribunales"

El abogado de la afectada, Juan Manuel Bastida Torres, informa a este periódico de que el juzgado número 1 de Utrera deberá ahora recabar el expediente administrativo completo, con todos los documentos que forman parte de los procedimientos de revisión de oficio, y pedir al Ayuntamiento un informe sobre el estado del expediente y de las actuaciones realizadas en el mismo.

Los magistrados destacan que en este caso el Ayuntamiento “dejó de actuar, debiendo hacerlo y provocando de este modo que una persona se vea abocada a acudir a los tribunales de justicia”, lo que “no encuentra justificación”.

Así, en diciembre de 2013 solicitó la revisión de oficio del decreto de la alcaldía por el que se concedió la licencia urbanística para la acometida de gas natural, debido a que se había omitido el trámite preceptivo de audiencia a la recurrente.

“Pese a que el gasoducto pasaba por su propiedad, a la sazón de naturaleza urbana, no fue notificada”, según el auto, y posteriormente, en diciembre de 2014, el Ayuntamiento adoptó el acuerdo de iniciar el procedimiento de revisión de oficio de las autorizaciones urbanísticas, pero pese al inicio de los trámites del procedimiento “lo cierto es que quedó paralizado, al parecer, a causa de no remitirse al Consejo Consultivo el informe que se le había solicitado al ayuntamiento “, situación que continúa en la actualidad.

Las actuaciones del juzgado se abrieron el 12 de abril de 2020 y se cerraron el 24 de ese mismo mes, “sin que conste haberse practicado prueba alguna” según la Audiencia.

Se trataba de las obras para la acometida de gas natural a las instalaciones de Inabensa, una filial de Abengoa. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía declaró, en febrero de 2018, que el expediente expropiatorio y la ocupación efectiva de los bienes se llevó a cabo “sin el amparo de una declaración de utilidad pública del proyecto” que “vicia la determinación de la concreta necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación”, por lo que anuló el acuerdo de la  Comisión Provincial de Valoraciones de Sevilla fijando el justiprecio.

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