Seguridad Social

La “voluminosa hoja de antecedentes” lleva a prisión a un condenado a solo 6 meses

El juicio tuvo lugar en la Sección Cuarta de la Audiencia

El juicio tuvo lugar en la Sección Cuarta de la Audiencia

La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel a un empresario que defraudó 96.642 euros a la Seguridad Social mediante “artificios” para no dar de alta a sus trabajadores. Pese a esta condena menor, el tribunal niega al acusado la posibilidad de dejar en suspenso su ingreso en prisión “dada su voluminosa hoja de antecedentes penales”.

El acusado Jaime R. P., de 40 años, era administrador único de dos empresas de construcción y defraudó entre los años 2003 y 2015 cuotas derivadas de los seguros sociales de los trabajadores por importe de 96.642, según reconoció él mismo en el juicio.

La sentencia, a la que tuvo acceso este periódico, indica que para cometer esas defraudaciones el acusado utilizó a sus dos empresas para “mediante artificios, dificultar la determinación del verdadero obligado frente a la Seguridad Social, obstaculizando la recaudación de las cuotas adeudadas“.

Así ambas mercantiles fueron constituidas el mismo día, 12 de marzo de 2013, con idéntico objeto consistente en la “construcción, instalaciones y mantenimiento“. Compartían domicilio social y  actividad, tenían una caja única para los ingresos generados por la actividad y además compartían proveedores y clientes.

Durante el periodo que abarca la defraudación, los trabajadores de una de las empresas trabajaban para la otra, pese a que en la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social la última figuraba como empresa sin trabajadores.

La sentencia se dictó de viva voz en la Sección Cuarta de la Audiencia vista la conformidad del acusado y tras la rebaja efectuada por la Fiscalía y la acusación que ejerció la Tesorería de la Seguridad Social, que pedían inicialmente dos años de cárcel y multa de 200.000 euros.

Finalmente el empresario fue condenado a seis meses de prisión y multa de 96.842 euros, con responsabilidad personal de dos meses de prisión en caso de impago, y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o incentivos fiscales durante cuatro años.

Además como responsabilidad civil deberá indemnizar a la Tesorería General de la Seguridad Social en 96.642 euros.

Precisa la resolución que “vista la voluminosa hoja de antecedentes penales que le constan al acusado, consideramos que carece de los requisitos legales previstos para la concesión de la suspensión de la condena”, medida que  se hace extensiva a su responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

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