Abusos a menores

Un padre es condenado por abusar de su hijo de 8 años

  • La madre es absuelta porque no se ha demostrado que supiera lo que sucedía

Audiencia de Sevilla

Audiencia de Sevilla

Un hombre de 49 años ha sido condenado a 5 años de cárcel por abusar sexualmente de su hijo de ocho años, en una sentencia que absuelve a la madre, también acusada, porque no se ha demostrado que supiera lo que estaba sucediendo.

La sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia indica que el acusado A.M.L.G., en fechas no  concretadas pero anteriores a octubre de 2015 y en más de una ocasión “acudió por la noche en la habitación donde dormían sus tres hijos y para satisfacer sus apetitos sexuales abordaba la cama del menor de ellos” y le hacía objeto de tocamientos y frotamientos.

La denuncia fue presentada por la Unidad de Salud mental Infanto-juvenil del Hospital de Valme y entonces la delegada territorial de Igualdad, el 22 de octubre de 2015, declaró en desamparo a los tres hijos del matrimonio.

La sentencia señala que “queda fuera de toda duda la validez de la intervención de los tres profesionales” de la asociación  ADIMA y del hospital del Valme a la vez como testigos de lo que relataban los niños y como peritos.

Los niños no declararon el juicio y tampoco en la fase de instrucción porque los informes clínicos remitidos exponía que “la exploración sería contraproducente para el tratamiento que estaban recibiendo” y que tendrían riesgo de involución.

La madre es absuelta porque no existe prueba de cargo que permita sustentar su condena. La acusación contra ella se basó únicamente en la “suposición de que ella debía conocer lo que ocurría”.

Muestra de su grado de atención hacia sus hijos es el dato puesto de manifiesto por los dos educadores del centro en el que fueron inicialmente ingresados, que declararon que los menores llegaron limpios y aseados, “sin muestras de ser niños desatendidos”.

El padre es condenado por un delito continuado de abuso sexuales a cinco años de prisión y otros cinco de inhabilitación para ostentar la patria potestad, junto al pago de una indemnización de 12.000 euros.

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