Juzgado de Familia

Absuelta una madre acusada de incumplir durante un año el régimen de visitas

  • “No conocía el alcance penal del incumplimiento civil”

  • Su ex esposo le acusó de un año de incumplimientos pero ella solo reconoció un fin de semana

Juzgados de Sevilla

Juzgados de Sevilla

Un juzgado penal de Sevilla ha absuelto a una madre de un delito de desobediencia a la autoridad: su ex esposo pidió para ella un año de cárcel por incumplir durante un año, entre junio de 2016 y julio de 2017, el régimen de visitas y no entregar a su hijo.

Tras el divorcio de la pareja en 2010, la mujer se quedó la guarda y custodia del menor y el juez de Familia estableció un régimen de visitas del hijo con su padre que la acusada Susana L.M. incumplió. El 2 de noviembre de 2016 el juez le le ordenó dar inmediato cumplimiento al régimen de visitas, bajo apercibimiento de multas coercitivas periódicas.

A partir de enero de 2017 fue apercibida de que podría perder la custodia y finalmente esta última advertencia se cumplió y desde julio de 2017 la guarda y custodia pasó al padre.

La sentencia del juzgado penal 12, a la que ha tenido acceso este periódico, explica que a la acusada “se le hicieron otro tipo de requerimientos, todos referidos al ámbito civil, que no podemos convertir ahora en incumplimientos penales, pues ya recibieron la respuesta adecuada y supusieron para la acusada un cambio de custodia, respecto del que no consta que lo haya incumplido”.

Todas las advertencias que la mujer recibía del juez se referían a la vía civil donde se estaba dilucidando la situación conflictiva de la pareja, por lo que no se puede concluir que conociese “las consecuencias y alcance penal de incumplir lo ordenado" por el juzgado de Familia, dice la juez.

De forma paralela al juzgado de Familia se abrió una causa penal contra Susana en la que su ex esposo le imputó un delito continuado de desobediencia, otro de realización arbitraria del propio derecho y otro de denuncia falsa, con una petición total de 3 años de cárcel y multas que totalizaban 10.800 euros, además de 30.000 euros de indemnización.

Finalmente solo fue juzgada por desobediencia a la autoridad, pero es absuelta porque, según la sentencia, “no podía anudar a su conducta otras consecuencias que aquellas por las que había sido apercibida”, y “menos aún que pudiera cometer un delito de desobediencia”.

Susana negó el incumplimiento reiterado, solo reconoció un fin de semana sin entregar al niño y la Fiscalía consideró que llegó a justificar documentalmente alguna de las ausencia del menor mediante certificados médicos.

Su ex esposo le imputó una “actitud obstruccionista, desobediente e incumplidora”, con “los consiguientes y graves perjuicios para el menor”. Incumplió “de manera sistemática y reiterada” el régimen de visitas  e impidió toda relación padre-hijo “incluso telefónica”.

El abogado de la madre se encuentra ahora en una situación peculiar, pues intentará aplicar esta sentencia penal al ámbito del juzgado de Familia. Susana, por su parte, declara a este periódico que el único motivo de la denuncia “fue hacerme daño, y el mayor daño que pueden hacerme es a través de mi hijo, separándome de él”. “Las consecuencias para mí fueron un fortísimo daño emocional y económico y, para mi hijo, el desarraigo de su familia materna”.

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