Negligencia

Una rutinaria limpieza dental que acabó en el hospital

  • La Audiencia condena a una clínica dental a indemnizar con 9.553,97 a un paciente que durante una limpieza sufrió un corte en el suelo de la boca y hubo que extraerle la glándula submaxilar.

  • El tribunal destaca que la limpieza fue realizada por una "auxiliar de clínica", no una higienista dental, que carecía de competencia profesional para esta labor.

Audiencia de Sevilla

Audiencia de Sevilla / Belén Vargas

Un hombre ha tardado siete años en que la Justicia le dé la razón y acuerde una indemnización a su favor de 9.553,97 euros por una negligencia durante una "rutinaria" limpieza dental. La Audiencia de Sevilla ha dictado ahora una sentencia en la que revoca la decisión inicial de un juzgado de Primera Instancia, que desestimó la demanda del usuario de la clínica, y en su lugar considera que la lesión que sufrió el paciente, un corte en el suelo de la boca por el que tuvo que extraérsele la glándula submaxilar, debe ser compensada con esta cantidad.

Los hechos se remontan al 16 de mayo de 2012 cuando el paciente acudió a una clínica dental de Sevilla para practicarse una limpieza dental que fue llevada a cabo por una "auxiliar de clínica sin competencia al efecto" ni titulación y que le causó un corte en el suelo de la boca, lo que le produjo un fuerte dolor y abundante sangrado.

Al salir de la consulta, el hombre acudió a un centro de salud, donde recibió una primera asistencia, pero como el dolor iba en aumento y veía que se le inflamaba el interior de la boca, fue a una clínica privada, donde se le diagnosticó una lesión en el suelo de la boca y se le derivó al hospital Virgen del Rocío "ante el riesgo de que la inflamación obstruyera las vías respiratorias". En el hospital le hicieron una serie de pruebas y le dieron el alta el 22 de mayo de ese mismo año, pero ante el empeoramiento de la herida tuvo que ingresar de nuevo a los pocos días y tuvo que ser intervenido quirúrgicamente, practicándole una submaxilectomía, una extracción de la glándula submaxiliar, y recibió el alta el 23 de junio.

La Audiencia de Sevilla ha condenado ahora a la clínica a indemnizar al paciente porque considera que existe una relación causa-efecto entre la lesión producida durante la limpieza dental y la submaxilitis subsiguiente que conluyó en la extirpación de la glándula, porque aunque el paciente pudiera haber tenido una "calcificación, no existe la más mínima prueba de que la misma hubiera producido síntoma alguno".

El tribunal insiste en que la limpieza fue realizada por un auxiliar de clínica, "no un higienista dental", por lo que ésta "carece de competencia profesional" a pesar de que el dentista alegara que esta persona llevaba ocho años haciendo limpiezas. Para los magistrados de la Audiencia resulta "inconcusa" la responsabilidad del titular de la clínica dental, "pues cuando el servicio sanitario se presta en equipo y existe una división del trabajo en sentido vertical, el responsable del equipo asume la posición de garante frente al paciente que acude a él en demanda de sus servicios y está obligado a ser especialmente cuidadoso con la selección del personal que compone el equipo velando porque tenga la cualificación suficiente para acometer las tareas que se le vayan a asignar, cuya ejecución correcta debe controlar y supervisar".

Un "calvario" de siete años

El abogado del demandante, Antonio Moreno Ruiz de Castro, de la firma Cataño Consultores, Abogados y Economistas, ha destacado el "calvario" que ha tenido que soportar el demandante desde el año 2012 hasta que la Audiencia le ha dado la razón, y ha explicado que "en todo momento intentó alcanzar una solución amistosa con la clínica, llegando incluso a acudir a un arbitraje propuesto por el colegio de Odontología de Sevilla, que se desentendió desde un principio de su estado de salud".

El letrado ha subrayado, asimismo, el "coste económico" que supone tener que reclamar en la vida judicial en estos casos, puesto que es preceptivo realizar "informes periciales" emitidos por profesionales independientes, que resultan "generalmente muy caros", y también está la posibilidad de resultar condenado en costas en caso de que la demanda sea desestimada.

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