Violencia machista

Absueltos diez miembros de una misma familia juzgados por violencia de género y lesiones

  • La agredida se acogió a no declarar contra su ex pareja

La Audiencia absuelve a la ex pareja de la agredida y nueve familiares

La Audiencia absuelve a la ex pareja de la agredida y nueve familiares

Diez miembros de una misma familia han sido absueltos de delitos de violencia de género y lesiones porque la mujer agredida, ex pareja de uno de ellos, se acogió en el juicio a no declarar contra él y, respecto a los demás, declaró que no recordaba nada de lo ocurrido el 3 de septiembre de 2016.

Una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia, a la que tuvo acceso este periódico, indica que lo único que se ha demostrado es que la denunciante Tania P. R. fue asistida en un centro de salud de un “hematoma facial con marca de zapato, excoriaciones en ambas manos, codos y muslos y policontusiones”.

Su pareja, Juan P. C., presentaba herida en la nariz, hematoma en el cuero cabelludo e inflamación en los dedos de la mano. Este hombre figuraba inicialmente como acusado y como tal se acogió a su derecho a no declarar, por lo que “nos ha privado de conocer, con pleno sometimiento al principio de contradicción, cual fue el modo de producción y autoría de las lesiones de las que fue asistido”.

Por estas agresiones fueron juzgados la anterior pareja de Tania, Luis E.J., su novia, su hermana, su madre, sus dos hermanos, su padre y otros tres parientes. Todos ellos, miembros de una familia de etnia gitana, se dirigieron el 3 de septiembre de 2016 desde Marinaleda hasta Lora del Río para discutir cuestiones relativas al hijo en común que tenían Tania y Luis.

Dice la sentencia que, a la vista del silencio de los agredidos, “no se ha practicado prueba bastante que permita estimar acreditada de manera inequívoca y con el grado de certeza que exige la condena penal la comisión por los acusados de diferentes delitos”.

La Fiscalía había pedido para ellos condenas de entre tres meses y un año y tres meses de cárcel, así como diferentes multas y el pago de sendas indemnizaciones de 372 euros a la mujer y 6.347 euros al agredido.

En cuanto a Tania, “en el acto del juicio se limitó a manifestar una y otra vez que no recordaba nada”. Pero añade la sentencia que incluso es imposible “rescatar“ y valorar su primera declaración en el juzgado porque en el acto del juicio se acogió a su derecho a no declarar contra su anterior pareja.

Además, con respecto a la agresión que supuestamente llevaron a cabo tres de las mujeres acusadas,  constituirían un delito leve atendiendo a la gravedad del resultado y se encontraría prescrito.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios