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Análisis

soledad cabezón

Eurodiputada socialista

Juana Rivas y lo que queda por hacer

El caso de Juana Rivas y su disputa judicial por mantener a sus hijos junto a ella no será el último. La extraordinaria movilidad que hemos alcanzado gracias a la libre circulación de personas en la Unión Europea nos lleva a situaciones en las que ya no es raro nacer en un país, estudiar en otro y formar familia en un tercero. Es un avance innegable del que nos beneficiamos de forma continua, con mayores oportunidades de formación, de relación, de trabajo... Pero cada una de estas experiencias vitales tiene también consecuencias jurídicas que todavía están muy lejos de ser iguales en los distintos países de la Unión Europea. El caso de Juana Rivas es un ejemplo: Italia, donde vive el padre, y España, donde vive la madre, tienen legislaciones diferentes que podrían tomar decisiones dispares sobre la residencia de los hijos e hijas. En este sentido, es fundamental que los estados miembros incorporen de forma efectiva y cuanto antes avances sociales en Derecho, como los establecidos en el Convenio de Estambul, para la prevención y lucha contra la violencia de género, firmado tanto por España como por Italia.

Pero más allá de este caso hay otros muchos supuestos en los que las leyes difieren entre unos países y otros: las uniones de hecho no tienen la misma consideración e implicaciones en toda la UE, y mucho menos el matrimonio entre personas del mismo sexo o los avances en la igualdad entre hombres y mujeres. Estas diferencias originan confusiones, multiplican los trámites y crean vacíos legales, en definitiva, inseguridad jurídica. También para los menores nacidos o criados en esas relaciones.

En estas semanas los socialistas en el Parlamento Europeo estamos trabajando para mejorar lo que se ha llamado Bruselas II, un Reglamento para dar seguridad jurídica en las separaciones de parejas de diferente nacionalidad, y en concreto para determinar qué instancia judicial es competente en cuestiones de responsabilidad parental. La propuesta que hemos planteado a través del informe de la comisión de Peticiones, del que soy ponente, incorpora importantes avances en cuestiones de igualdad, especialmente en lo referente a la violencia de género.

Por ejemplo, consideramos imprescindible que en caso de violencia de género se reconozca a los estados la capacidad de dictar medidas cautelares y protectoras, incluso cuando no sean competentes para dirimir sobre el fondo del asunto.

Proponemos también una mayor flexibilidad para determinar cuál es el juzgado competente en este tipo de casos, de modo que no tenga por qué ser siempre y sin excepción el lugar de la residencia del menor. Y una de las circunstancias que deben tenerse en cuenta para decidirlo es, sin duda alguna, la violencia de género.

La nacionalidad, la situación económica y social o el trasfondo cultural y religioso de un progenitor no debe considerarse determinante para decidir sobre su capacidad de cuidar de un hijo o hija; y pedimos que se refuerce el derecho de los menores a ser oídos y a que sus testimonios se tengan en cuenta.

Nuestra propuesta incluye también las uniones de hecho y el matrimonio entre personas del mismo sexo y sus hijos, y en este sentido solicitamos respeto para todas las formas de filiación reconocidas por ley en los demás países.

Estas recomendaciones se votarán el próximo 28 de septiembre en la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo. Pero a partir de ahí, el Gobierno de España tiene la obligación de levantar la voz y llevarlas al Consejo Europeo; debe hacerlo especialmente después de haber firmado el pacto contra la violencia de género, pero sobre todo para abrir la puerta que muchas personas en diferentes países de la Unión están esperando, la del fin de la inseguridad jurídica.

España debe liderar de nuevo esta lucha, como ya hizo en 2004 con la primera ley en la Unión Europea contra esta injusticia, que supuso la sensibilización del resto de Europa y la apertura hacia la esperanza de muchas mujeres y de muchos menores.

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