TIEMPO El tiempo en Sevilla pega un giro radical y vuelve a traer lluvias

MIENTRAS la cúpula del Banco Europeo de Inversiones empieza a debatir sobre la posición de la ex consejera de Hacienda de la Junta, Magdalena Álvarez, tras haber sido confirmada su imputación en el caso de los ERE por la Audiencia de Sevilla, y la propia juez instructora, Mercedes Alaya, imputa en el caso al también antiguo consejero autonómico de Innovación Martín Soler, y lo cita a declarar, el Tribunal Supremo acaba de exculpar al ex delegado de Empleo de Sevilla, Antonio Rivas, de las acusaciones que pesaban sobre él como presunto ideológo y urdidor de la exigencia de una mordida a dos empresarios hosteleros de la capital andaluza por parte de la empresa pública Mercasevilla, gestionada por una coalición PSOE-IU. La sentencia es importante porque el Supremo contradice las condenas infligidas a Rivas por un jurado popular y, mediante ratificación, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. La rotundidad del Alto Tribunal tiene una especial significación: los tribunales sentenciadores no hicieron caso de la "ostensible endeblez de los indicios" contra el ex alto cargo de la Junta -el primer condenado por el escándalo de los ERE y colaterales-, dando validez a la declaración de uno de los dos directivos de la empresa condenados en sede policial sin que sus manifestaciones se ratificasen ni ante la juez instructora ni en el juicio oral. Aunque Antonio Rivas está incurso en otro procedimiento relacionado con los ERE, su situación en el caso de Mercasevilla ha sido netamente anómala: ha estado tres años imputado para, al final, ser declarado inocente, sin poder evitar el daño a su imagen y su honor y los perjuicios ocasionados a su actividad política, ya que tuvo que abandonar su partido, al que ahora intenta volver. Como hemos repetido en diversas ocasiones, estas contradicciones se originan en la extraordinaria lentitud en el funcionamiento de la Justicia, que no sólo vulnera la presunción de inocencia de los imputados, sino que puede provocar la prescripción de delitos especialmente graves, como son los vinculados a la corrupción política. Tampoco está de más subrayar el papel de los medios de comunicación, que en ocasiones estigmatizan a los inculpados con la sospecha extendida de su culpabilidad u otorgan credibilidad incondicional a cualquier auto de un juzgado o a la mera difusión de informes policiales previos, que señalan responsabilidades todavía no demostradas. Porque no se pueden demostrar más que a través de un juicio con todas las garantías legales y una vez diligenciados los recursos que el ordenamiento jurídico contempla. Es la lección de este fallo del Tribunal Supremo, el máximo órgano jurisdiccional.

Tags

MÁS ARTÍCULOS DE OPINIÓN Ir a la sección Opinión »

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios