TIEMPO El tiempo en Sevilla pega un giro radical y vuelve a traer lluvias

Con la venia

Manuel / García / Fernández

La Cripta

HASTA fechas recientes, la Iglesia siempre reprobó el uso de la cremación de los difuntos, salvo en situaciones excepcionales. Pero ya en 1963 su santidad el Papa Pablo VI derogó la prohibición y permitió en 1966 la práctica católica de la incineración, siempre que sea en lugar sagrado. El código de Derecho Canónico de 1983 de San Juan Pablo II (1178) establece que "la Iglesia aconseja vivamente que se conserve la piadosa costumbre de sepultar el cadáver de los difuntos; sin embargo, no prohíbe la cremación", exhortando a que se proceda justo después de la liturgia del funeral y recomendando un destino digno para las cenizas en un lugar definitivo y sagrado.

Hoy es una piadosa práctica, muy generalizada entre las hermandades y cofradías, la apertura de criptas para los restos mortales cremados de sus difuntos en capillas y parroquias. En mi hermandad hay dos criptas a los pies de nuestros sagrados titulares. Una antigua, a modo de gran osario, con una curiosa ucronía histórica: 1340-1936. Otra más reciente y moderna de los años noventa del siglo pasado. Por mi condición de secretario que fui, he bajado a la cripta en numerosas ocasiones a recibir y testificar el depósito de las urnas con las cenizas de los hermanos y hermanas y anotar su nombres en el libro registro.

Allí abajo, y a modo de túnel del tiempo, siempre me vino a la memoria la hermandad antigua que vivieron aquellos hermanos difuntos incinerados, que duermen ahora en la esperanza cierta de la Resurrección de Jesús Nazareno. En amarillentas actas y listas de la cofradía, escritas a mano por vetustos y sobrios secretarios, están sus nombres. Y tal vez por ello, porque nunca abandonaron del todo San Antonio Abad, cada Madrugada regresan a la cofradía eterna que transita por la fría lápida de la cripta, por el camino más corto, el de la memoria de los primitivos nazarenos concepcionistas.

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