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EL Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha respaldado plenamente el "derecho al olvido" exigido por un abogado español frente a los buscadores en internet, como Google o Yahoo, y ha reforzado la privacidad de los ciudadanos anónimos. La sentencia del Tribunal de Luxemburgo ha venido a zanjar la cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Nacional sobre las normas de protección de datos a raíz de la demanda del letrado Mario Costeja. El abogado ha estado seis años peleando tras solicitar amparo a la Agencia Española de Protección de Datos a fin de que se retirasen de internet informaciones publicadas en el pasado que consideraba lesivas sobre su persona (en concreto, un embargo). El caso fue llevado por la Audiencia ante el Tribunal de la UE, que ha distinguido entre los archivos de los medios informativos que recogen noticias puntuales que pueden perjudicar a un particular que, por ejemplo, haya cometido una infracción o delito, una práctica amparada en la libertad de expresión, y los motores de búsqueda que proporcionan enlaces permanente a dichas informaciones, de modo que cuando se teclea el nombre del infractor siempre aparece su falta, dañando su imagen o su honor. El Alto Tribunal le ha dado la razón, habilitando la posibilidad de que cualquier ciudadano no público se dirija a los agregadores de contenidos solicitando la eliminación de las alusiones que le afectan y, en caso de negativa, legitimándole para acudir a los tribunales en defensa de su privacidad. La sentencia, cuya aplicación presenta ciertamente serias dificultades y quizás exija una reforma legal, empieza a poner fin a la impunidad con que los buscadores en internet pueden perjudicar a un ciudadano particular, que queda ahora "condenado" de por vida, sin que eso suponga ningún retroceso en el ejercicio de la libertad de expresión que acoge a los informadores que dan noticias sobre hechos que se consideran relevantes en el momento en que se producen. Existe, pues, un derecho al olvido, que limita la difusión indiscriminada de datos personales cuando ya no tienen relevancia ni interés público y faculta a los perjudicados a demandar su cancelación. Un derecho que abre la vía para otras limitaciones que se hacen cada vez más necesarias en el uso bastardo de las redes sociales para insultar, zaherir y descalificar a otros ciudadanos mediante tuits anónimos y cobardes, como se ha reflejado estos días con ocasión del asesinato de la presidenta de la Diputación de León. Las redes sociales son una auténtica conquista de la humanidad, pero debe evitarse su abuso y perversión con fines opuestos a la libertad y la comunicación que están en su origen.

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