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la tribuna

Luis Felipe Ragel

Retirada del recurso

EL debate televisivo celebrado el pasado 7 de noviembre entre Mariano Rajoy y Alfredo Pérez Rubalcaba tuvo un clarísimo vencedor, como lo demuestra el resultado esclarecedor de las elecciones celebradas el día 20. El candidato socialista cometió el error de asumir desde el primer momento su papel de derrotado al tratar a su contrincante como futuro presidente del Gobierno, lo que puso de manifiesto que no es la persona adecuada para dirigir al partido que próximamente pasará a la oposición.

Dentro de la batería de obuses que lanzó Pérez Rubalcaba, quiero hacer referencia a la pregunta envenenada que formuló en relación con la Ley 13/2005, de 1 de julio, que permite celebrar matrimonio entre personas del mismo sexo. El candidato socialista inquirió si el Partido Popular estaba dispuesto a retirar el recurso de inconstitucionalidad que había presentado contra la citada ley, aludiendo a las miles de personas que se habían casado durante su vigencia y cuyo matrimonio estaba pendiente de la decisión que se adoptara al respecto. Aunque Rajoy no contestó a la pregunta durante su siguiente intervención, Rubalcaba presionó para que le contestara concretamente a esa cuestión, a lo que el candidato popular respondió finalmente que su partido esperaría a que se pronunciara el Tribunal Constitucional.

Lo que no dijo Rajoy, ni le convenía decirlo en ese momento, es que la pregunta no se habría formulado si el Tribunal Constitucional hubiera cumplido sus deberes y no se hubiera demorado más de seis años en resolver el conflicto planteado, retraso que ya denunciábamos en esta tribuna hace tres años como completamente injustificado y fuera de lugar. Tampoco contestó lo que, a mi juicio, hubiera sido la respuesta adecuada, aunque no lo sea desde el punto de vista político y electoral.

El recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Popular plantea la duda de si el matrimonio entre personas del mismo sexo va en contra del artículo 32.1 de la Constitución, cuando proclama: "El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica". Se trata de una duda jurídica perfectamente legítima, porque la Carta Magna parte de la base de que un hombre se está casando con una mujer cuando se preocupa de asegurar que existirá igualdad entre ellos. Si se planteara que una persona se va a casar con otra del mismo sexo, sería completamente innecesario manifestar que lo hacen en un plano de igualdad. Pero el hecho de que el matrimonio entre personas del mismo sexo no encaje en el texto del citado artículo no significa que sea inconstitucional.

No me parece mal que se puedan casar entre sí dos personas del mismo sexo. Para el Derecho Civil no es esencial que los contrayentes puedan engendrar hijos con su unión, por lo que serían matrimonios perfectamente válidos los celebrados por personas que no tienen intención de realizar entre sí actos de copulación, o no pueden o no quieren procrear a consecuencia de sus relaciones.

Lo que aquí me interesa denunciar es la mala práctica que tienen los políticos de este país, consistente en utilizar el recurso de inconstitucionalidad como materia que puede ponerse sobre la mesa de negociación, como partida disponible. ¿Qué diríamos si el PSOE supeditara su apoyo a las medidas económicas que tuviera que adoptar el próximo Gobierno a que se retirara el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 13/2005?

Es verdad que la Constitución comete el error de permitir que únicamente puedan interponer el recurso determinadas instituciones y personas pertenecientes a la clase política. Pero no hay que olvidar que el recurso se presenta por razones estrictamente jurídicas, por estimarse que una ley vulnera lo establecido en la Constitución.

En la sentencia sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña, señalaba el magistrado Conde Martín de Hijas en su voto particular: "Mi fe en la efectividad de la Constitución como norma me lleva directamente a la convicción de que la garantía última de tal efectividad tiene su clave precisamente en el Tribunal Constitucional, siempre que éste se conciba como un auténtico Tribunal; esto es, como Tribunal de Derecho".

Una vez planteada la cuestión estrictamente jurídica ante el Tribunal Constitucional, debería ser mantenida a toda costa una vez que ese tribunal admitiera a trámite el recurso, por lo que la ley debería modificarse para impedir que fuera retirado posteriormente por la parte que lo presentó, que estará actuando por motivos estrictamente políticos. Es la única manera de mantener la seriedad que requiere un asunto de tanta trascendencia.

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