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La tribuna

víctor J. Vázquez

Títeres y responsabilidades

UNO de los más influyentes juristas y sociólogos norteamericanos, el profesor Cass R. Sunstein, lleva algún tiempo llamando la atención sobre cómo la nueva sociedad de la información, tejida a través de redes sociales no jerarquizadas y donde la participación adquiere un carácter pluralista y abierto hasta ahora inédito, lejos de haber dado lugar a una sociedad más reflexiva, más tendente a apreciar la complejidad de los asuntos públicos y la necesaria convivencia de ideas divergentes sobre asuntos cruciales, ha propiciado justamente lo contrario: una opinión pública tendente a la polarización dentro de la cual los individuos desprecian las posiciones reflexivas o matizadas sobre determinadas cuestiones públicas especialmente complejas, para abrazar opiniones genéricas y radicalmente coherentes sobre ellas.

Esta patología posmoderna a la que hace alusión el profesor Sunstein ha tenido una magnífica expresión estos días a raíz del ya célebre episodio de los titiriteros. El origen de este episodio es muy simple y se encuentra en una representación "aberrante", "deleznable", "repugnante", por usar los adjetivos sobre los que ha existido un lógico consenso a la hora de calificar la obra en cuestión. Ahora bien, la simpleza termina aquí, y este episodio, desde el momento en que es denunciado por los padres presentes en el acto, abre por lo menos tres cuestiones diferenciadas. La primera, de carácter político, es la de hasta qué punto puede continuar en el cargo la concejala de cultura por cuya negligencia y la del equipo del que ella es responsable se ha representado frente a niños no mayores de diez años una obra en la que hay violaciones de monjas, apuñalamientos de embarazadas o ahorcamientos de jueces. Junto a esta cuestión, se abren otras dos cuya naturaleza es, en este caso, estrictamente jurídica. La más inmediata es la de si está justificada la prisión preventiva de los dos titiriteros que ha sido decretada por el juzgado de instrucción de la Audiencia Nacional, y en segundo lugar, pero no menos relevante, la de si puede o no considerarse apología del terrorismo aquello que sucede durante una representación artística.

Sinceramente, creo que antes de que diera comienzo la era en la que la gente tiene que hacerse una compresión de la realidad del tamaño de un tuit se asumiría sin problemas que la diferenciación de ambas cuestiones no implicaba ningún tipo de comprensión, indulgencia o complicidad con lo sucedido, sino simplemente una justa distinción entre los conceptos de responsabilidad política y jurídica. Lo grave del asunto es que esta distinción no sólo ha sido pasada por alto en el debate informal en la opinión pública, sino que también lo ha hecho el propio juez de instrucción de la Audiencia Nacional a través de un auto en el que decreta la prisión provisional sin fianza, siendo incapaz de ofrecer una motivación suficiente de por qué en este caso se dan los presupuestos que legitiman tal medida, como son el riesgo de fuga, la sustracción de pruebas o el peligro real y cierto de reincidencia. Una incapacidad que responde a la simple razón de que no se dan como creo que cualquier estudiante de Derecho podría constatar. El juez de instrucción, con el auto de encarcelamiento, ha llevado a cabo una primera depuración de responsabilidad por un hecho sin duda deleznable, pero lo ha hecho a través de un desafuero cuya principal consecuencia ha sido la de erigir en mártires de la libertad de expresión a quienes representaron delante de niños tal obra deleznable, ocultando con ello la cuestión que aquí es primordial y que es la de cómo el Ayuntamiento de Madrid puede a día de hoy mantener a esta concejala en su cargo. En definitiva, eclipsando la cuestión de la responsabilidad política que es, no lo olvidemos, la bandera con la que esta candidatura de gobierno se presentó ante el electorado.

Pero queda un interrogante que es el de hasta qué punto se puede dar por supuesto, como estos días se ha hecho, que este suceso, y en concreto la exhibición por un títere de la pancarta "Gora Alka-Eta" durante la representación, es constitutivo de delito de enaltecimiento del terrorismo. No estaría mal recordar aquí que lo deleznable no es en sí mismo delictivo como tampoco lo es la imbecilidad, ambos elementos presentes en este caso. Pero más allá de esto lo que no puede olvidarse es que una representación artística sólo puede ser constitutiva de delito si se vacía de contenido constitucional el derecho a la libertad de expresión. Fue una lucha demasiado costosa para muchos grandes artistas la conquista del derecho a la irreverencia frente a los códigos penales de la moralidad como para echarla por tierra por este singular y lamentable episodio. Desde luego, el derecho no redime lo mediocre pero sí ampara la libertad de expresión por molesta que esta sea, como muy bien ha dicho en su acertado comunicado Ada Colau. Me imagino que la alcaldesa de Barcelona, después de esta catarsis, no volverá a censurar por inmoral la fotografía artística de un torero, como hizo hace no mucho. O tal vez sí, porque, como bien explica Sunstein, lo malo de estos tiempos puritanos es que el censor, amparado en su tribu virtual, siempre se cree que no lo es.

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