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José María Fragoso

Una huelga para no tener derecho a la huelga

ESTA modesta reflexión me permito hacerla como jurista y como juez de base de Sevilla. La huelga de jueces, como miembros de un Poder del Estado, es algo absolutamente excepcional e irregular en una democracia occidental, y como medida extrema y excepcional sólo se legitima por la situación actual a la que nos ha desembocado la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, (que mató a Charles Louis de Secondat, Señor de la Brède y Barón de Montesquieu) y demás leyes y reglamentos que poco a poco han ido socavando la "real" independencia del Poder Judicial, que constituye la última garantía de las libertades y derechos de los ciudadanos, situación que desgraciadamente justifica una huelga para conseguir que no nos sea necesaria. Esto es, la huelga tiene como principal fin, precisamente, llegar a una situación en que no tengamos derecho a la huelga, consiguiendo que el Poder Judicial haya llegado a encontrarse en una situación de autogobierno parecida a los otros poderes del Estado, y no como hoy, que parecemos trabajadores por cuenta ajena (simples funcionarios), sin ninguna capacidad de auto regulación ni representación institucional, dependiendo de los escasos medios que se dignen poner a nuestra disposición el Estado o las comunidades autónomas.

La huelga es el único camino, a nuestro pesar (ojalá no tuviéramos que hacerla), que nos han dejado en defensa de nuestra independencia en función de los derechos de los ciudadanos a proteger, incluso contra la opinión pública, y para dejar de ser el "chivo expiatorio" de los Gobiernos de turno. Los ciudadanos deben saber que los jueces en España no tienen ninguna capacidad de dirigir sus juzgados, ni siquiera pueden llamar directamente la atención a un funcionario, que se les niegue a realizar una tarea.

Los jueces no tenemos ninguna representación en los altos órganos de gobierno de la Justicia. Quienes nos representan como miembros del Poder del Estado no son elegidos por nosotros, los auténticos titulares de dicho Poder.

Los jueces difícilmente podemos cumplir nuestras funciones si estamos abarrotados de trabajo; los ciudadanos deben saber que los jueces en general tienen más trabajo que ninguno de Europa, ponen más sentencias y que son los peores pagados. Nuestro trabajo no acaba en los juzgados y tribunales, sino que por las tardes y noches, en nuestras casas, seguimos el trabajo, para poner las sentencias de los juicios que hemos celebrado en los juzgados, sin que podamos desconectar de nuestro trabajo tras una dura mañana.

Los ciudadanos deben saber que las leyes procesales penales son un desastre, sin que se haya hecho una reforma en profundidad, sino sólo parches legislativos. Y que los medios son ridículos, gastando menos de un 1% del PIB en Justicia, cuando en el gasto debería ser del 3% (recomendación de la UE); esto es, dos veces más, al ser un pilar fundamental del estado democrático de Derecho, sin el cual no existe.

En consecuencia, dada la situación actual, ni es inconstitucional la huelga, ni ilegal, pero tiene que tener por principal finalidad conseguir un estatus, diseñado ya en la Constitución vigente, en el que los jueces constituyan un verdadero Poder del Estado (en cuyo caso, sin derecho a huelga), pues nos estamos jugando la independencia Judicial, que hace que España pueda ser un país democrático, con controles independientes de los verdaderamente poderosos, mediante un Poder Judicial independiente, moderno y sobre todo eficaz, con unos medios adecuados para la alta función de proteger los derechos de los ciudadanos.

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