Análisis

Rafael Salgueiro

La segunda reestructuración de entidades

El sector bancario ya vivió una limpieza entre 1978 y 1985, aunque su colofón fue la intervención de Banesto en 1993 · Fueron intervenidas 51 entidades de 110, que contaban con 2.600 oficinas y 35.600 empleados

SE ha convalidado esta semana en el Congreso el Real Decreto-ley 9/2009 sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, contando el Gobierno sólo con el apoyo del PP y Coalición Canaria. Las cajas están siendo el foco de atención en este asunto y en ellas se centran las especulaciones sobre qué entidades utilizarán primero los recursos del nuevo Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), aunque la disposición incluya a los bancos y cooperativas de crédito, y nadie puede asegurar que no vaya a ser utilizado por alguna de estas entidades de crédito.

Ahora bien, lo cierto es que el subsector bancario ya vivió una larga y profunda reestructuración forzosa durante el periodo 1978-1985, aunque su colofón fue la intervención de Banesto en 1993. Fueron intervenidas 51 entidades de las 110 existentes y su importancia dentro del sistema no era menor: el 20% de los depósitos, la cuarta parte de los activos, más de 2.600 oficinas y 35.600 empleados.

Nada menos que 47 de ellas eran bancos de nueva creación o estaban dirigidos por nuevos banqueros, gracias a una liberalización que redujo sensiblemente las barreras a la entrada que siempre han caracterizado a este sector, sin que paralelamente se adaptasen los mecanismos de supervisión y control. A efectos de análisis debe separarse la intervención de los 17 bancos de Rumasa y la de los 34 restantes. En éstos la gestión fue asumida por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), utilizando recursos aportados al 50% por los bancos privados (cuotas entre el 1 el 2,5 por mil de sus depósitos) y por el Banco de España, que realizó anticipos para cubrir el déficit patrimonial del Fondo. Los bancos intervenidos pasaron a ser propiedad del FGD, quien lo saneó y los vendió mediante concurso a otros bancos españoles o extranjeros. Solamente fue liquidado el Banco de los Pirineos, cuyos administradores fueron acusados de quiebra fraudulenta. En conjunto fue necesario utilizar 3.800 millones de euros de los que se recuperaron alrededor de 2.000.

El caso de Rumasa es diferente. Fueron expropiados en 1993 y el Estado encargó al FGD la gestión y el saneamiento, tras lo cual fueron vendidos directamente a los grandes bancos españoles. El procedimiento utilizado es muy interesante. El Estado emitió deuda por importe equivalente a 2.644 millones de euros -el déficit de los bancos de Rumasa-, con un tipo de interés del 9,5% y 12 años de amortización que fue suscrita por los grandes bancos. Con estos recursos el Estado compró los activos malos de los bancos incautados y éstos, con el importe recibido, constituyeron depósitos interbancarios con los bancos suscriptores con un tipo de interés del 13,5%. Este diferencial fue la aportación de los bancos a la resolución del problema.

Añadiendo la intervención de Banesto, muy posterior, el Estado hubo de aportar casi 12.000 millones de euros, de los que se recuperaron unos 5.500. No obstante, hay diversas apreciaciones sobre estas cifras y algunos estudiosos elevan el coste público hasta 9.000 millones de euros. Pero, en definitiva, la limpieza de entidades deficientes y las fusiones que se fueron produciendo facilitó la transformación del sector bancario español que ha alcanzado una competitividad internacional que no hubiéramos imaginado en los años 90.

A diferencia de entonces, en 2009 tenemos un dispositivo -una norma y un nuevo Fondo- creados ex profeso para abordar la "segunda reestructuración". El dispositivo tiene en cuenta la diversidad de situaciones en las que se pueden encontrar las entidades, la actual arquitectura institucional del país y el deseo de participación del Ministerio de Economía en el proceso. La orientación parece muy razonable, ya que se establecen varias opciones según la situación de cada entidad y comienzan por la búsqueda de una solución privada. Si no es posible se habrán de adoptar medidas para resolver los problemas que pueden afectar a su viabilidad, con la participación del FGD correspondiente. La entidad debe presentar un plan de viabilidad al Banco de España, contemplándose tres posibilidades de actuación: refuerzo patrimonial y de la solvencia, fusión o absorción, y traspaso parcial o total del negocio.

El FROB puede ayudar en estos procesos voluntarios, pero su intervención estricta se produciría sólo si no logran un resultado adecuado. En este caso, el Banco de España sustituirá a los administradores de la entidad y el FROB elaborará el plan de reestructuración para fusionar la entidad o proceder al traspaso total o parcial de activos o pasivos. Si es necesario podrá adquirir acciones (bancos), aportaciones al capital social (cooperativas de ahorro) y cuotas participativas (cajas de ahorro), pudiendo superar los límites hoy establecidos para la compra de estos últimos títulos y, lo más importante, tendrá un derecho de representación en la Asamblea de la caja en el mismo porcentaje que suponen esas cuotas respecto al patrimonio neto de la caja. Se crean derechos políticos que antes no existían, pero no son trasladables a posteriores compradores. El Banco de España tendrá la capacidad de autorizar las fusiones y las operaciones de venta de activos, contando con el informe de las comunidades autónomas o del Ministerio de Economía, según los casos.

No se cuestiona, pues, el modelo de cajas de ahorro ni se señalan preferencias por unos u otros tipos de actuación, dándose libertad de iniciativa a las propias entidades y restringiendo la intervención a las circunstancias que la hagan inevitable. Lo que sí cabe exigir es que las intervenciones se decanten por la solución de menor coste público y que las reestructuraciones no sean de maquillaje, sino todo lo profundas que sea necesario. Uno de los factores de éxito en la crisis bancaria fue, precisamente, la ausencia de contemplaciones. Y otro de ellos el respeto a la libertad de acción del Banco de España y del FGD, que ya han acreditado suficientemente su capacidad.

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