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Tribuna Económica

gumersindo / Ruiz

En tierra de nadie

YA está publicada en el BOE de 1 de marzo la Ley que regula, entre otras cuestiones, la protección social del trabajo a tiempo parcial, para aplicar proporcionalmente las cotizaciones y derechos de jubilación. También se modifican los derechos a las prestaciones en relación con la inscripción en los servicios de empleo y la salida al extranjero. Y en una modificación al Estatuto de los Trabajadores, se regulan de manera muy prolija los procedimientos de despido, definiéndose con cierta precisión las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, que justifican los procedimientos de despido, acelerando los plazos. Esta concreción también se da para los procedimientos de no aplicación de un convenio colectivo en el ámbito de una empresa. A la Ley, y con la misma fecha, se añade el Decreto-ley para el fomento del empleo y la contratación indefinida; no deja de llamar la atención que un tema que lleva ya detrás cinco años de crisis se aborde como "medidas urgentes", y parece como si se hubiera comprendido de repente la imposibilidad de generar empleo para los casi seis millones de parados, muchos de larga duración.

La reducción de los costes de seguridad social se puede ver de dos formas. Por una parte, al abaratar el coste del factor trabajo, se favorece su utilización; por otra, para un mismo volumen de contratación, se reducen los costes de la empresa, gana en competitividad, en capacidad financiera, y pueden mantenerse los salarios, con lo que se estimula la producción y el consumo. Esta segunda forma de verlos requeriría una reducción general del coste de seguridad social, al menos para empresas pequeñas, y supondría financiar la actividad empresarial frente al estado.

En el Decreto-ley se busca estimular la contratación indefinida, que debe mantenerse al menos tres años, con una reducción de las cotizaciones a 100, 75, o 50 euros mensuales, según se contrate a tiempo completo o parcial. Se exige que sea por incremento neto de contratos indefinidos y empleo total en la empresa, con lo que se pretende claramente aumentar el empleo, entendiendo que los puestos de trabajo con contrato indefinido son más estables que los temporales. No deja de haber una cierta contradicción entre la flexibilidad a toda costa que se ha impuesto al mercado de trabajo, sin duda necesaria en bastantes aspectos, y las consecuencias de precariedad y despidos masivos, resultantes de la misma. Ahora se argumenta lo que habían venido manteniendo los sindicatos, y copio literalmente del texto del Decreto-ley: "Trabajadores mejor formados y más productivos en empleos estables son la clave para garantizar el bienestar social y el crecimiento económico futuro".

Desde el momento en que se empezó a romper la burbuja de empleo, generada durante años de actividad económica insostenible, era evidente que se necesitaba una intervención compleja y no convencional en nuestra economía para abordar un problema de esta dimensión. Las urgencias actuales parecen actuaciones desesperadas; y como en el cuento y la pesadilla de Monterroso, puede ocurrir que cuando algunos se despierten del sueño de la recuperación, los parados estén todavía allí.

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