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Ignacio Muñoz Algarrada

La mala fe del Consejo de Hermandades de Sevilla

Como abonado de unas sillas en la Carrera Oficial, leo con atención su artículo de Diario de Sevilla, sección El Fiscal, con el título El dinero de las sillas y palcos: ¡Aló, Paco!.

Dice, en un punto del escrito lo siguiente: "Si un abogado veterano dice que no hay razón jurídica para devolver el dinero a los abonados, ¡que no lo devuelva! Porque el dinero no es suyo, es de las hermandades, ¿o no?". Quisiera indicarle, lo que dice y refleja el Reglamento de uso y adjudicación de sillas y palcos del Consejo de Hermandades y Cofradías de Sevilla. En su artículo primero dicta: “El presente reglamento tiene por objeto regular el uso, así como establecer los criterios y procedimiento de adjudicación de las sillas y palcos que se instalan en la denominada “Carrera Oficial” durante los días de Semana Santa, para presenciar el discurrir de las Cofradías de Penitencia de la Ciudad de Sevilla que realizan Estación a la Santa Iglesia Catedral”. Y en el segundo párrafo del artículo 6 (capítulo II. Régimen de uso:  “La suspensión de alguna o de todas las estaciones de penitencia por causa meteorológica o por cualquier otro motivo, no dará derecho a devolución alguna de dicha aportación”

Si leemos con atención, el capítulo I, es el que establece dónde, cuándo y en qué tiempo es de uso el Reglamento. En este capítulo I, pone “durante los días de Semana Santa” ni antes ni después de la Semana Santa. El Estado de Alarma se proclamó el pasado 14 de Marzo, es decir, 23 días o 3 semanas antes de Semana Santa.

Por último, si no hubiese habido Estado de Alarma, pero toda la Semana hubiese estado lloviendo u ocurrido cualquier otra incidencia, no cabe la devolución del dinero abonado, según el Reglamento, pero no es el caso, aunque sería discutible. Por tanto, solo se trata de la mala fe del Consejo de Cofradías y por ende de los hermanos mayores de las hermandades de Penitencia, Gloria y Sacramentales, que utilizan el Reglamento a su antojo y capricho.

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