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Tribuna

Antonio Montero Alcaide

Inspector de Educación

Diseño Universal para el Aprendizaje

Diseño Universal para el Aprendizaje Diseño Universal para el Aprendizaje

Diseño Universal para el Aprendizaje / rosell

El Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA, por su acrónimo en español, y UDL, Universal Design for Learning, en inglés) es otro de los conceptos o aspectos simbólicos de la última reforma del sistema educativo español, en la persistente e inestable sucesión de cambios. Tal carácter, el de símbolo, resulta a propósito, ya que, con ello, se alude a un elemento u objeto que se hace representativo, en este caso, de una reforma de la educación, a la que se asocia junto a otros conceptos digamos también distintivos: es el caso de los perfiles competenciales, de las competencias clave y las competencias específicas, de los descriptores operativos de estas, de los saberes básicos o de las situaciones de aprendizaje. Fácil motivo se pone, con ello, para el reproche del uso de una "jerga pedagógica" propia del enredo nominal. Sin embargo, las Ciencias de la Educación reúnen un extenso dominio de conocimientos específicos y un lenguaje técnico cuyo uso adecuado -esta es una cuestión principal- resulta del todo pertinente; sobre todo, en ámbitos profesionales docentes, de estudio e investigación.

En la reciente reforma del sistema educativo español, regulado mediante la modificación (2020) de una ley anterior, la Ley Orgánica de Educación (2006) -que ya fue objeto asimismo de cambios en 2013-, el Diseño Universal de Aprendizaje aparece en dos ocasiones. Así, el preámbulo de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluye, entre los principios y fines de la educación, la inclusión educativa y la aplicación del Diseño universal de aprendizaje. Con respecto a este último, se precisa: "es decir, la necesidad de proporcionar al alumnado múltiples medios de representación, de acción y expresión y de formas de implicación en la información que se le presenta". La otra referencia al DUA figura en la regulación de la enseñanza básica, que debe garantizar una educación común para todo el alumnado y adoptar la educación inclusiva como principio fundamental, que atienda las distintas situaciones de diversidad del alumnado. Y si estas lo requieren, han de aplicarse las pertinentes medidas organizativas, metodológicas y curriculares, "conforme a los principios del Diseño universal de aprendizaje".

Luego puede advertirse la directa relación entre educación inclusiva y Diseño Universal para el Aprendizaje. Con respecto a la primera, cuya naturaleza deriva de la integración escolar, la Unesco entiende que debe ser concebida "como un proceso que permite abordar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los educandos a través de una mayor participación en el aprendizaje, las actividades culturales y comunitarias y reducir la exclusión dentro y fuera del sistema educativo". Por tanto, la integración escolar, cercana a la normalización de las respuestas educativas formales, centradas en las nece-sidades educativas especiales, evoluciona hacia una concepción inclusiva más extendida, tanto por razón de la amplia gama de necesidades que requieren respuestas educativas -a modo de muestra, la superdotación intelectual- como por los ámbitos, no solo escolares, desde los aquellas que se prestan.

¿Y el Diseño Universal para el Aprendizaje? En este caso, sus orígenes no son educativos, sino que el concepto proviene de la arquitectura, a finales de los noventa del siglo pasado, como Diseño Universal, para asumir la configuración de espacios que permitan su uso y acceso al mayor número de personas, sin necesidad de adaptaciones. De ahí el Diseño Universal para el Aprendizaje, fundamentado en las teorías del aprendizaje, en los resultados de las investigaciones y de las prácticas educativas, en las tecnologías que apoyan la comunicación, la información y el conocimiento, así como en los avances de la neuro-ciencia. Esta última con una especial consideración, dado que se estiman tres grandes redes neuronales de sobra influyentes en el aprendizaje: las redes afectivas, asociadas a las emociones y la implicación, que se vinculan con el "por qué" del aprendizaje; las redes de reconocimiento, que facilitan la obtención, el reconocimiento y la integración de la información, ante el "qué" del aprendi-zaje; y las redes estratégicas, que predisponen las funciones para realizar tareas y, por ello, están ligadas al "cómo" se produce el aprendizaje y el modo en que se expresa. Luego tres son los principios directamente derivados del DUA: proporcionar múltiples formas de implicación, proporcionar múltiples formas de representación, y propiciar múltiples formas de acción y expresión. Cada uno de ellos con sus correspondientes pautas y puntos de verificación.

Dada la formulación del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 4 de la Agenda 2030 de la Unesco -"Garantizar una educación inclusiva y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje para todos"-, el Diseño Universal para el Aprendizaje se adopta como recurso para la más eficaz inclusión educa-tiva.

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