La tribuna
Un loco en la Casa Blanca
Quisieron las circunstancias que el enésimo escándalo de afrenta a los sentimientos religiosos en España haya coincidido con la conmemoración de los atentados sufridos por los trabajadores de Charlie Hebdo. Este pasado 7 de enero hizo diez años del terrible atentado contra la revista satírica francesa. Pocos días antes, en los minutos inmediatamente previos a las campanadas de medianoche, la cómica conocida como Lalachus mostró una estampita que ha levantado en pie de guerra jurídica por enésima vez al grupo de presión ultracatólico de nuestro país. El mismo que lleva años acosando a una publicación española equivalente a la mencionada que atacaron los islamistas radicales en París. En España la revista Mongolia ha sido objeto de varias denuncias por parte de la fundación Abogados Cristianos que han tratado de coartar su libertad de expresión.
Esta vez les ha tocado a Lalachus, David Broncano y José Pablo López como presidente de RTVE ser denunciados por la asociación ultraconservadora Hazte Oír. Era previsible dados los antecedentes que tienen su excusa jurídica en la existencia del artículo 525.1 del Código Penal que reconoce como delito el escarnio de las creencias de los miembros de una comunidad religiosa con el propósito de ofenderles. Contra Mongolia ya fue la fundación Abogados Cristianos en 2022 por «insultar gravemente a Cristo, a la Virgen María y a San José». Hace un año un juez de Barcelona archivó la causa al considerar que la portada en la que se satirizaba un belén estaba amparada por el derecho a la libertad de expresión. También tuvo su repercusión el más reciente caso de la querella de la misma fundación ultracatólica contra el Gran Wyoming por su interpretación en El Intermedio del Sumo Pontífice de la religión aznarista mediante la que se parodiaba el espíritu rancio. Antes de él, las víctimas de quienes se han erigido en defensores de la dignidad de la fe católica fueron las promotoras de la “procesión de la archicofradía del santísimo coño insumiso y santo entierro de los derechos sociolaborales”. Y así podríamos seguir. Ahora los de Mongolia se querellan contra Abogados Cristianos por denuncia falsa. Defensa legítima de quienes necesitan la libertad de expresión para ejercer su oficio.
En efecto hay quienes piensan que expresiones como las que acabo de poner de ejemplo son un ataque contra los sentimientos religiosos de los creyentes, y que como tal debe ser considerado un delito; y quienes piensan que es exagerado considerarlo un delito, pero que, cuando menos, se trata de una falta de respeto que, en el caso último objeto de denuncia, una televisión pública pagada con el dinero de todos no debe consentir; y están los que entienden que la actuación de Lalachus fue de mal gusto. Nos movemos en el terreno de la irracionalidad; nada menos que en el de los sentimientos. Pero en una democracia –al menos idealmente– los sentimientos, aunque siempre tenidos en cuenta, no deberían ser los que mandasen ni se les debería permitir remplazar a los argumentos.
En las instituciones públicas y a la hora de conformar el entramado legal que rige un Estado democrático solo vale la argumentación que se construye echando mano de términos razonables comunes, sin privilegiar como verdades incuestionables las creencias de un determinado colectivo religioso. Dictar a partir de ellas leyes que convierten lo que es un pecado (la blasfemia en el caso del que hablamos), que solo rige para la comunidad de creyentes, en un delito, que rige para el conjunto de la ciudadanía, va en contra del principio de laicidad, que es componente esencial de la democracia liberal. El liberalismo político en su sentido más formal exige a todos los ciudadanos que, en la esfera pública no se utilicen argumentaciones derivadas de sus doctrinas particulares, sino que sean construidas en términos racionales, es decir, comunes y por consiguiente susceptibles de ser aceptados como válidos por los ciudadanos que no comulgan con esas doctrinas.
Por el respeto a los genuinos creyentes y a sus creencias, pero ante todo por el cuidado de la salud de nuestra democracia es necesario fortalecer el componente laicista de nuestras instituciones así como promover una cultura del laicismo. En ese sentido sería un paso muy valioso la derogación del señalado artículo 525.1 del Código Penal que permite a los sectarios tratar de imponer sus creencias a todos y jugar a amedrentar a quienes están en su derecho de expresarse libremente.
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