Provincia

El Ayuntamiento de Camas regula con una ordenanza los patrocinios privados

  • Los particulares y empresas podrán financiar actividades de interés social y restauración de bienes sólo a cambio de la publicidad y las ventajas fiscales

El Ayuntamiento de Camas, que dirige el alcalde Juan Pazos (IU), ha sido el último en aprobar una ordenanza de patrocinios, que entrará en vigor en una semana, cuando pasen los 15 días preceptivos tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y que permitirá que la iniciativa privada pueda financiar actividades u obras de restauración y mantenimiento de bienes de la forma más trasparente.

La regulación se ha ido implantado desde que un decreto del Gobierno de 2006 fijó las pautas para los mecenazgos a la administración local. Sevilla, Málaga y Córdoba fueron pioneras. De hecho, varias empresas son ya habituales en el patrocinio de la Feria de Abril. Bollullos tiene un reglamento desde 2006, Olivares desde poco después y El Cuervo otra ordenanza en trámite.

La normativa camera, que estuvo en exposición pública sin recibir alegaciones, no fija una cantidad mínima ni máxima para los patrocinios. Podrán ser de personas físicas o jurídicas y hacerse con "actividades deportivas, culturales, educativas, turísticas, de festejos o cualquier otra de interés social" -un abanico amplio- y para la "restauración y mantenimiento de bienes de carácter histórico, artístico o cultural". La aportación podrá ser económica y "en especie", con servicios o cesión de muebles o locales. Cada delegación propondrá al alcalde las iniciativas susceptibles de acogerse a estos mecenazgos y éste las visará y publicará para que las empresas puedan presentar sus ofertas. Si son varias para una misma actividad se tendrá en cuenta, además de los requisitos, el orden de registro. Serán evaluadas por una comisión en la que estará el delegado del área de la actividad, un representante de cada grupo político, el alcalde y un técnico, el interventor y el secretario.

Una de las cuestiones más espinosas suele ser las ventajas añadidas que la empresa pueda tener. En Camas, de hecho, ya hubo polémica con unos patrocinios de la feria que acabaron en los tribunales, aunque el caso fue archivado. La ordenanza quiere evitar suspicacias y deja claro que ser mecenas "no supondrá, en ningún caso, alteración del régimen normal de contratación, ni alterará la obtención de licencias, permisos, ni dará lugar a prerrogativas en la actividad reglada municipal". Los patrocinios tampoco podrán generar "situaciones de privilegio o preferencia respecto a la actividad municipal ni relación laboral con el Ayuntamiento".

Sólo se beneficiarán de la publicidad durante el acto y de las ventajas fiscales. En la norma se vetan además los patrocinios cuando éstos consistan "en porcentajes de participación en ventas o beneficios del patrocinador". El Ayuntamiento deberá justificar que el dinero o el inmueble aportados se han usado para la actividad. Pazos ya ha anunciado que los actos por los 50 años del hallazgo casual del Tesoro del Carambolo serán de los primeros que se acojan a la ordenanza, que cobra importancia, además, con la caída de los ingresos que los ayuntamientos tenían por la actividad inmobiliaria.

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