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Lora de Estepa

Condenado a siete años de cárcel por intentar matar a su cuñado

  • El inculpado, en estado de embriaguez, acuchilló al hermano de su compañera sentimental con un cuchillo jamonero

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a siete años y seis meses de prisión a un joven de 28 años de nacionalidad marroquí, A.S., por intentar matar a su cuñado a cuchillazos delante de familiares de la víctima, en la localidad sevillana de Lora de Estepa. 

La sentencia de la Sección Primera, a la que tuvo acceso Europa Press, considera probado que sobre las 00.30 horas del 16 de marzo de 2006, el procesado, tras mantener una discusión con su pareja, acudió con un cuchillo jamonero a casa de su cuñado

En ese momento, el inculpado obligó a su compañera sentimental a llamar a la puerta de su propio hermano, quien al poco tiempo de abrir la puerta recibió un cuchillazo en el centro del pecho. Así las cosas, la víctima intentó cerrar la puerta sin fortuna y cayó al suelo al resbalar con un felpudo. 

El juez asegura que en ese momento el procesado, "mientras lanzaba cuchilladas" a la víctima,  repetía reiteradamente: "Te tengo que matar". 

Cuando R.C.C. "consiguió zafarse" de su agresor salió corriendo hasta llegar a una plaza cercana al domicilio de su madre, quien vio por la ventana al acusado diciendo: "Hija de puta, voy a matar a tu hijo delante tuya, os voy a matar a todos, que no me conocéis". El herido pudo entrar en la casa de su madre en un descuido del inculpado, que se alejó del lugar sin dejar de amenazar a la familia. 

La sentencia recoge que como consecuencia de los hechos narrados la víctima "sufrió heridas por arma blanca" que tardaron 63 días en curar, quedándole como secuelas "cicatrices en la mano, en el pecho, en la región lumbar y en el muslo derecho", así como "cuadro de ansiedad y temores fóbicos". 

Por ello, la Audiencia sevillana ha condenado a A.S. como autor de un delito de asesinato en grado de tentativa --con la concurrencia agravante de parentesco y la atenuante de embriaguez-- a la pena de siete años de prisión y a otros seis meses por un delito de amenazas. Asimismo, impone al acusado que abone 15.700 euros a la víctima en concepto de indemnización.

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