Provincia

Condenado a 54 años de prisión por abusar de cinco hermanos menores de edad

  • El acusado, de 27 años, les daba dinero para comprar chucherías que los niños no podían permitirse dado que su familia estaba en una situación de "pobreza severa"

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha condenado a 54 años y tres meses de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a cuatro hermanos menores de edad y abusar de una quinta hermana también menor -todos ellos tenían edades comprendidas entre los cinco y los once años cuando ocurrieron los hechos- en un pueblo de la provincia de Sevilla. De este modo, el tribunal condena al acusado, identificado como L. F. M. G., a 14 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal a víctima menor de 13 años; a 13 años y 6 meses de cárcel por otro delito continuado de agresión sexual con acceso carnal a víctima menor de 13 años, y a sendas penas de 12 años de prisión por dos delitos del mismo tipo, así como a dos años por un delito de abuso sexual a víctima menor de 13 años y a 9 meses de prisión por un delito de exhibición de pornografía a menores. Asimismo, la Audiencia impone al acusado la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros a los menores en cualquier lugar en que se encuentren, así como de acercarse a igual distancia de su domicilio y centro de estudio, y la prohibición de establecer con ellos contacto escrito, verbal o visual por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, ambas prohibiciones por tiempo de 25 años que se computarán a partir del 19 de octubre de 2012. El tribunal, además, condena al acusado a indemnizar a las cinco víctimas con un total de 88.000 euros, todo ello a consecuencia de unos hechos que se produjeron durante la Semana Santa de 2012 (que ese año abarcó del 1 al 8 de abril) o en fechas próximas a ella. 

La Audiencia señala en la sentencia que la suma aritmética de las penas impuestas "excede con mucho de los límites de cumplimiento establecidos en el artículo 76 del Código Penal, en aras de los principios de humanidad y reinserción social", por lo que fija el límite de cumplimiento de todas las penas privativas de libertad impuestas en 20 años de prisión, "que es el límite máximo de carácter general, puesto que ninguno de los delitos por los que se impone la condena tiene asignada pena superior a 15 años de prisión". 

La sentencia declara que con ocasión de la fiesta de cumpleaños de una hermana pequeña suya, celebrada en febrero o marzo de 2012, el acusado, L. F. M. G., de 27 años, entabló una relación de confianza con los cinco niños, hermanos entre sí, vecinos como él de la localidad y de edades comprendidas entre los cinco y los once años.

A pesar de tan notable diferencia de edad, el procesado, a quien los niños conocían como Leo, jugaba frecuentemente con ellos en la Plaza de España del pueblo, los paseaba en bicicleta y les daba mínimas cantidades de dinero para que compraran las chucherías "que de otro modo no podrían permitirse, pues su familia se encontraba en una situación de pobreza severa".

En el contexto de esta peculiar relación, el acusado, con conocimiento cierto de la edad de los menores, realizó con cada uno de ellos, durante la Semana Santa de 2012 (que ese año abarcó del 1 al 8 de abril) o en fechas próximas a ella, los distintos abusos por los que ahora ha sido condenado.

En varias ocasiones el acusado mostró a los menores con su teléfono móvil grabaciones videográficas que mostraban actos sexuales (felaciones y coitos anales) entre adultos; conducta que realizó al menos con dos de ellos, precisa la sentencia, que añade que también hizo tocamientos y dio besos a los menores.

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