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Condenan a un recluso de la cárcel de Morón por agredir con un abridor de latas a otro interno

  • El Supremo confirma la pena de un año por las heridas que causó a la víctima.

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de un año de cárcel impuesta a un recluso de la cárcel de Morón de la Frontera por agredir y herir con un abridor de latas a otro interno.

De este modo, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza el recurso del acusado contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla que le condenó a un año de prisión por un delito de lesiones con instrumento peligroso con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

Asimismo, le condena al pago de una indemnización a la víctima de 650 euros por las lesiones y de 800 euros por las secuelas.

Los hechos tuvieron lugar antes de las 14:45 del 9 de mayo de 2012, cuando el acusado mantuvo una discusión en el interior de su celda con otro preso, a quien atribuía haberle quitado tabaco, de forma que la víctima cogió un abridor de latas que terminaba en forma de pincho, aunque al ver que el acusado se abalanzaba sobre él, lo tiró al suelo para defenderse con las manos.

De este modo, se inició un forcejeo en el marco del cual el imputado cogió dicho abridor y agredió a la víctima "con ánimo de atacar su integridad física", causándole una herida incida en el cuello de 3,5 centímetros de longitud, de la que curó a los 14 días y por la que precisó de 12 grapas de sutura.

Así, le quedó como secuela una cicatriz, relata el Supremo, que recuerda que, en su declaración, la víctima contó lo sucedido pero manifestó que, como no quería denunciarle, dijo a los facultativos que le habían asistido que se había autolesionado, aunque tres días después cambió de opinión porque el acusado volvió a acusarle ante los funcionarios de prisiones de haberle robado tabaco.

Para el tribunal, "es creíble" la explicación ofrecida por la víctima sobre el cambio de versión, que viene corroborada por la pericial forense y los partes de asistencia médica en cuanto se constata que presentaba una herida de carácter incisivo que precisó de puntos de sutura, una lesión "compatible" con la versión del agredido.

Asimismo, la sentencia alude a las características del arma utilizada para la agresión, a pesar de que no se recuperó, con base en la declaración de los funcionarios de prisiones que entraron en la celda y mediaron en la pelea y en la declaración del acusado, que reconoció tener un abridor de latas alterado en su punta y que lo tiró por la ventana tras la agresión.

El hecho de que el abridor de latas estuviera alterado en su punta "le hacía tener capacidad de corte e incisión", asevera el Supremo, que confirma así la condena de un año de cárcel impuesta al imputado.

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