Previsión El tiempo en Sevilla para este Viernes Santo

Provincia

Confirmada una condena de ocho años por homicidio en Villanueva del Río y Minas

  • El acusado apuñaló a un hombre en 2007. Un segundo imputado ha sido declarado inocente tras pasar 19 meses en prisión.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de ocho años de cárcel por un homicidio en Villanueva del Río y Minas, en una sentencia que confirma la absolución, que no fue recurrida por ninguna parte, de un hombre que pasó 19 meses encarcelado a la espera de juicio.

La sentencia del TSJA dice que el veredicto del jurado popular no vulneró la presunción de inocencia del único condenado por este caso, y lo que pretende con su recurso "es proponer una diferente valoración del material probatorio".

El acusado A.E.C. fue condenado por el apuñalamiento mortal en el pecho de J.V.S., ocurrido a la 1:30 horas del 14 de octubre de 2007 tras una discusión en una calle de Villanueva del Río y Minas.

La sentencia de la Audiencia de Sevilla, al igual que hizo el jurado popular, declaró inocente a un segundo imputado, identificado como F.R.N., porque en el juicio no apareció ningún indicio ni signo externo de violencia que demostrase que sujetó a la víctima mientras el presunto autor le apuñalaba.

El fiscal pidió condenar a ambos procesados basándose en que la víctima, mortalmente herida, regresó a su casa y tuvo tiempo de decir a su hermano quien le había apuñalado antes de caer muerto.

No obstante, la defensa de F.R.N. sostuvo desde el comienzo que el fallecido presentaba una tasa de alcohol en sangre de 2,57 gramos, además de restos de cannabis y cocaína, por lo que "dada la merma mental que tenía aquella noche, no resulta categórica ni creíble cualquier expresión que hubiera ido diciendo".

F.R.N. pasó 19 meses encarcelado a la espera de juicio pero su absolución no fue recurrida ante el TSJA, por lo que se convirtió en firme hace meses.

En cuanto al único condenado, basó su recurso en que F.R.N. "mintió para salvarse a sí mismo", pero el TSJA responde que la versión que dio de lo acontecido aquella madrugada fue ratificado por una mujer, que fue "testigo directo, pues afirmó haberlo visto con sus propios ojos" y además corroborado por la prueba pericial que halló sangre de la víctima en la ropa de A.E.C.

Se trata, pues, "no sólo de la declaración interesada de un coacusado, sino de un testimonio de referencia", según el TSJA. La sentencia del alto tribunal confirma además la indemnización de 95.000 euros para el padre del fallecido.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios