Estepa

El Supremo rechaza un recurso contra el cese de los bomberos voluntarios

  • Avala la postura del TSJA y de otros juzgados de que la dedicación no implica una relación laboral con el Ayuntamiento

Una imagen de archivo de Bomberos de la provincia de Sevilla en un curso de formación.

Una imagen de archivo de Bomberos de la provincia de Sevilla en un curso de formación. / M. G.

El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso de casación presentado por un trabajador del Ayuntamiento de Estepa que también ejerció durante años como bombero voluntario contra la sentencia del TSJA que rechazó su demanda por la decisión de 2016 del Consistorio de cesar a los bomberos voluntarios, por los problemas para pagarles las indemnizaciones previstas.

El trabajador alegó que suponía “una modificación sustancial de las condiciones de trabajo” y pedía su nulidad. Pero tanto el primer juzgado que revisó el caso como el TSJA determinaron que esos servicios voluntarios no estaban encuadrados en una relación laboral.

El TSJA recordaba que se ha pronunciado sobre otros casos en el mismo sentido. El Supremo no ha admitido tampoco el recurso, al no apreciar “contradicción” con el fallo de contraste aportado.

El asunto se encuadra en la controversia por el uso que se ha hecho de la Ley de Emergencias de Andalucía, que prevé la figura del bomberos voluntario, previa superación del correspondiente curso homologado por la Escuela de Seguridad Pública, para colaborar con los bomberos profesionales (que deben ser funcionarios) y siempre “bajo la dirección y supervisión” de éstos.

Durante muchos años, los ayuntamientos han utilizado esta figura para cubrir turnos en sus parques de bomberos, con indemnizaciones que eran sueldos en la práctica. Hasta que llegó la crisis, los problemas para pagar y las demandas y los interventores empezaron a poner reparos a las indemnizaciones. Ello ha derivado en el problemas con los bomberos en muchos municipios

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