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El TSJA confirma la condena de 18 años al hombre que mató a su vecina en Coria del Río

  • El acusado acabó con la vida de María del Carmen Mejías Fernández de dos golpes en la cabeza con un palo de madera.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Sevilla que en noviembre pasado condenó a 18 años de cárcel por un delito de asesinato a Moisés Rodríguez Rodríguez, el Canario, como autor del crimen de María del Carmen Mejías Fernández, a la que asestó dos golpes en la cabeza con un palo de madera en un paraje de Coria del Río, y a la que también sustrajo su tarjeta de crédito y le estafó 470 euros. El acusado deberá indemnizar además al hijo único de la víctima, menor de edad, con 172. 552,79 euros; y a otros dos familiares de la mujer con 15.000 euros y 3.000 euros.

El Alto Tribunal andaluz ha desestimado el recurso interpuesto por la acusación particular que solicitaba que se aplicara la agravante de aprovechamiento de la circunstancia de lugar y la imposición de una pena más grave por el delito de estafa. Según señala la sentencia, tal y como quedó configurado el objeto del veredicto, que recibió el jurado con la conformidad expresa de la acusación particular, no había posibilidad alguna de apreciar, junto a la alevosía, la circunstancia de aprovechamiento del lugar, puesto que sólo podía pronunciarse de este extremo si consideraba que había conducta alevosa.

Respecto a la pretensión de imponer tres años de prisión por el delito de estafa, según la sentencia, “roza la temeridad, tanto por la falta de cauce procesal para solicitarlo en segunda instancia como por su desmesura”.

 

La sentencia de la Audiencia expuso en relación con la gravedad del asesinato que "no ha quedado exactamente acreditado el tipo de relación que mantenían Moisés y María del Carmen ni que aquel llevara a ésta al lugar de los hechos con el propósito previamente concebido de darle muerte, aunque sí que entre ambos existía alguna relación personal que hizo que María del Carmen fuera con Moisés a dicho lugar el día 4 de septiembre". La juez que presidió el tribunal del jurado precisó que ha de tenerse en cuenta, sin embargo, el abandono del cadáver tras los hechos "en unas condiciones que podían hacer pasar muchas horas, como de hecho sucedió, hasta su localización, con el sufrimiento añadido que ello implicaba para sus familiares directos".

 

Sobre las circunstancias personales del acusado le consta un antecedente por violencia de género que, si bien podía encontrarse cancelado a la fecha de los hechos, sí pone de relieve una determinada forma de entender la relación con las mujeres de la que el hecho enjuiciado constituye su máxima expresión".

 

Teniendo en consideración todo este conjunto de circunstancias, la juez considera que "no se estima ajustada ni la imposición de la pena máxima que reclaman las acusaciones ni la pena mínima que interesa la defensa, estimándose más ponderado establecer ésta en la zona media y en ella en 17 años de prisión" por el delito de asesinato, al que se añade otro año de cárcel por la estafa.

 

La sentencia se produjo tras el veredicto del jurado popular que enjuició el caso y declaró probado por unanimidad que el 4 de septiembre de 2014 el procesado llevó a la víctima a una paraje de Coria del Río, denominada Cascajeras, una zona "aislada, apartada, de difícil acceso y escasa visibilidad", donde le propinó dos golpes en la cabeza con un palo de madera, ocasionándole una fractura en el cráneo y la muerte de María del Carmen Mejías.

 

Los miembros del jurado declararon culpable al acusado por una mayoría de ocho votos a favor, aunque estableció por unanimidad que la víctima no tuvo posibilidad de defensa, ya que, según el veredicto, los golpes fueron propinados cando la mujer se había caído al suelo y el procesado la golpeó "de forma sorpresiva y sin posibilidad de defensa". También declaró probado, por unanimidad, que se llevó sus pertenencias y la abandonó en aquel paraje, y que al día siguiente sacó 470 euros del banco con su tarjeta, "con ánimo de enriquecerse injustamente".

 

No estimó probado, como pedía una de las acusaciones, que concurra la agravante de ensañamiento, por haber prolongado de forma especial el sufrimiento de la víctima, y tampoco que tuvieran una relación y que el móvil del crimen fuese que el acusado se hallaba "acosado y asfixiado" porque tenía una nueva pareja y no quería que la víctima la perjudicara. De ahí que el tribunal ciudadano rechazara que el Canario y María del Carmen discutieran por esos motivos y que ella le amenazara con denunciarle si no accedía a tener relaciones.

 

Tras el veredicto, la Fiscalía mantuvo su petición de condena de 20 años de cárcel por un delito de asesinato y otro año más por un delito de estafa, además de que indemnice con 150.000 euros a un hijo de la fallecida, mientras que las acusaciones particulares reclamaron 23 años de cárcel. Por su parte, la defensa del acusado había solicitado que se imponga la pena mínima y ha anunciado que recurrirá ante el TSJA.

 

El Canario se acogió a su derecho a no declarar durante el juicio, pero el testimonio del jefe del Grupo de Homicidios fue contundente en señalarlo sin ninguna duda como el autor del asesinato de María del Carmen Mejías. Según la investigación policial, el Canario habría matado a su vecina porque temía que ésta, con la que había mantenido a menudo encuentros sexuales, le estropeara la relación de pareja que acababa de iniciar con otra mujer, aunque esta versión no ha sido declarada probada en el veredicto.

 

En la última sesión del juicio, el acusado rompió su silencio para pedir "perdón" a la familia de la víctima, aunque uno de los familiares le espetó que "no lo aceptaba". El incidente se produjo al término de la vista oral, cuando la magistrada que preside el tribunal del jurado le ofreció al acusado el derecho a última palabra. Aunque Moisés Rodríguez Rodríguez se había acogido en el juicio a su derecho a no declarar, sí hizo uso del derecho a última palabra para poner de manifiesto que lamentaba lo ocurrido y pedía expresamente "perdón" a la familia de María del Carmen Mejías.

 

En ese momento, uno de los familiares de la fallecida, que fue asesinada en la mañana del 4 de septiembre de 2014 en la finca La Cascajera -en el término municipal de Coria del Río pero en el lado del Guadalquivir más próximo a Dos Hermanas-, alzó su voz para espetarle que la familia "no acepta" el perdón. Cuando éste abandonaba la Sala de la Audiencia para ser conducido de nuevo a prisión, los familiares le increparon lanzándole gritos de "asesino".

 

En el juicio se procedió al visionado del vídeo sobre la reconstrucción judicial, en el que se observa cómo el Canario confiesa que asestó los dos golpes a la víctima, uno de los cuales resultó mortal de necesidad.

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