Guillena

El jurado absuelve al acusado de matar a un vecino por las lindes de sus tierras

  • El acusado se enfrentaba a una petición del fiscal de diez años de cárcel, pero el jurado ha considerado que no existen pruebas que lo inculpen

 Un jurado popular ha declarado hoy inocente al hombre de 49 años que fue juzgado por el homicidio de un vecino en Guillena (Sevilla), al que según las acusaciones golpeó a puñetazos y patadas en una discusión por las lindes de sus tierras.

Fuentes judiciales han indicado a Efe que el jurado ha considerado, por seis votos contra tres, que no hay pruebas de que el acusado J.V.N., de 49 años, fuese quien golpeó a su vecino, que falleció a los cinco meses debido a un hematoma cerebral.

El acusado se enfrentaba a una petición del fiscal de diez años de cárcel pero el jurado ha considerado que no existen pruebas contra él pues negó haber estado en su finca cuando se produjo la agresión y dos testigos certificaron que a esa hora estuvieron con él en una venta.

El hombre fallecido tuvo tiempo de recuperarse y acudir al juzgado a denunciar a su vecino, pero el jurado ha tenido en cuenta que solo lo identificó con su mote -del que existen varios en la zona- y además en dicha declaración ante el juez hubo irregularidades pues no estaba presente el abogado del denunciado, que sin embargo se había personado en la causa varios días antes.

Además, durante el juicio surgieron dudas sobre la verdadera causa del hematoma cerebral que causó la muerte a la víctima, pues se trataba de un hombre de 71 años, muy obeso y con otros factores de riesgo.

El homicidio ocurrió presuntamente el 9 de junio de 2003, cuando el luego fallecido J.Q.L. protestó a su vecino por las molestias que la causaban una cañas y el acusado, según afirmaba el fiscal, le propinó puñetazos y patadas en la cara, cabeza y costado, que inicialmente le mantuvieron 14 días hospitalizado.

No obstante, las lesiones determinaron un nuevo ingreso hospitalario el 20 de septiembre por un hematoma subdural, del que el lesionado tuvo que ser intervenido por trepanación y luego ser sometido a una segunda intervención debido a un sangrado, lo que finalmente le produjo la muerte el 24 de octubre de 2003.

En su declaración, el procesado argumentó que el día del homicidio estuvo recogiendo patatas como peón en una finca y posteriormente, entre las 20 y las 23.30 horas, estuvo en una venta, situada a unos dos kilómetros, con dos testigos.

Ya en el trámite de alegaciones previas al jurado, la defensa argumentó que el juez de instrucción, con las mismas pruebas que ahora se han presentado al jurado, archivó la causa aunque fue reabierta por la Audiencia a petición del fiscal.

La Fiscalía imputó al procesado un delito de homicidio y reclamó para él 10 años de cárcel, junto al pago de una indemnización de 120.000 euros a la esposa del fallecido, 24.000 euros a cada uno de sus hijos y el pago al Servicio Andaluz de Salud (SAS) de los 3.709 euros que costó la atención sanitaria.

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