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Cinco años para un atracador que asaltó un banco y disparó a un cliente

  • El acusado que intentó robar una entidad bancaria en Alcalá de Guadaíra ha sido condenado a 5 años de cárcel frente a los 17 que pedía la fiscal.

La Audiencia de Sevilla ha condenado a cinco años de cárcel a un atracador que asaltó un banco de Alcalá de Guadaíra y, en su huida, disparó a bocajarro a un cliente que en ese momento llamaba por móvil para dar la alarma.

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera probado que el atracador disparó al cliente, pero rebaja sensiblemente la condena desde los 17 años y medio que pidió el fiscal porque no considera demostrado que el atracador tuviese intención de matar.

Así, aplica el principio de "in dubio pro reo" para afirmar que "no consta con certeza que el revólver estuviese cargado" y además el arma tenía un defecto de funcionamiento que exigía, para disparar, girar previamente su tambor y nadie vio hacer tal cosa al atracador.

El condenado B.G.D., de 47 años, penetró a las 12.45 horas del 16 de noviembre de 2006 en un banco BBV-A de Alcalá de Guadaíra con guantes en las manos y tapándose la cara con un pasamontañas y un paraguas, y amenazó a los empleados con un revólver.

El acusado dejó salir a la calle a una mujer que estaba en avanzado estado de gestación y a su esposo, clientes de la entidad.

Al manifestar los empleados del banco que la caja tenía mecanismo de seguridad y que no podían entregarle dinero, el ladrón salió del banco, se quitó el pasamontañas y vio al cliente que en ese momento llamaba por su teléfono móvil.

Entonces se dirigió hacia la pareja, "apuntando con el revólver, y apretó el gatillo, sin que el arma llegase a disparar, al no girar previamente el tambor del revólver", dice la sentencia.

Ante este primer disparo y para evitar que pudiera efectuar otro, el cliente, que resultó ser un militar profesional, se abalanzó sobre el atracador y ambos hombres entablaron un forcejeo en el que el ladrón le golpeó con el arma en la sien y luego huyó en el automóvil que había aparcado en las inmediaciones.

Los jueces destacan que "las pruebas practicadas siembran dudas sobre la verdadera intención de B.G.D." cuando se dirigió al cliente y accionó el gatillo.

Así, recuerdan que el atracador tenía antecedentes por tenencia ilícita de armas, por lo que tuvo que saber que su revólver tenía un defecto de funcionamiento y, para disparar, era preciso "hacer previamente un giro para enfrentar correctamente la cápsula iniciadora con la aguja percutora", lo que no apreciaron los dos esposos, que manifestaron que el procesado "se limitó a apretar el gatillo".

Otra duda del tribunal se refiere a que, dentro de la entidad, al acusado se le cayeron al suelo tanto el arma como las balas y las volvió a recoger, sin que "ninguno de los testigos afirmase con rotundidad que volviese a introducir las balas en el tambor", según los jueces.

Por ello, la sentencia únicamente impone a B.G.D. tres años de cárcel por un robo con intimidación frustrado y dos por tenencia ilícita de armas, así como el pago de 200 euros al lesionado por el culatazo que recibió en la sien.

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