Provincia

Dos años y medio de cárcel por el fuego causado al quemar rastrojos

  • La sentencia recoge que el condenado no pidió licencia y obvió la meteorología adversa

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años y medio de cárcel a un vecino de El Castillo de las Guardas que, en pleno mes de junio, quemó unos rastrojos sin tomar precauciones, lo que desencadenó un incendio forestal que calcinó 17 hectáreas.

La sentencia de la Sección Primera, a la que ha tenido acceso Efe, explica que el acusado J.M.M., de 46 años, quemó unos rastrojos que tenía amontonados en su finca, sobre las seis de la tarde del 25 de junio de 2004, pese a que carecía de licencia y a que en ese momento la temperatura era de 36 grados y soplaba un viento sur de 5 kilómetros por hora. Además, su finca se encuentra enclavada en un paraje calificado como de "peligro extremo" para incendios forestales. Pero el acusado no realizó con carácter previo un cortafuegos perimetral ni tenía prevista una reserva de agua, añade la sentencia.

Las llamas se propagaron por su parcela y se aproximaron a la vivienda de su vecino J.R.S., "creando una situación de peligro tanto para su morador como para el funcionario de la Guardia Civil que acudió a advertirle de la necesidad de desalojarla".

Además, las llamas causaron daños tasados en 1.229 y 12.984 euros a otras dos fincas colindantes, destruyeron 17 hectáreas de suelo forestal y calcinaron 140 encinas.

Durante el juicio, el procesado negó haber sido el autor del fuego pero la sentencia considera probada su culpabilidad en base al testimonio de los guardias civiles que acudieron al lugar, quienes manifestaron que vieron al acusado "fuera de la linde de su propiedad y, al advertir su presencia, en vez de dirigirse a ellos, hace caso omiso a las indicaciones de alto que le fueron efectuadas, desapareciendo en la espesura del humo". Los agentes testificaron que "vieron rastrojos y matojos acumulados cerca de su casa y que había cenizas blancas en ese punto", lo que a su juicio indicaba que el inicio del fuego estaba en ese lugar.

Los jueces consideran que el acusado "omitió las cautelas más elementales al prender fuego en unas condiciones atmosféricas poco propicias", por lo que "era previsible que pudiera propagarse el fuego". Junto a los dos años y medio de cárcel por un delito de imprudencia grave, la sentencia impone a J.M.M. una multa de 720 euros y el pago de los daños causados en fincas colindantes.

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