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Seis meses de cárcel para los dueños de una casa prefabricada

  • El jues condena al matrimonio a demoler la vivienda que hicieron sin licencia en un paraje forestal

Un juzgado de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel a un matrimonio que instaló una casa prefabricada de 75 metros cuadrados con piscina en el paraje Las Minas de Castilblanco de los Arroyos, en una sentencia que incluye la obligación de demoler la edificación a costa de los condenados, así como de devolver el terreno a su estado original.

La sentencia del juzgado penal 5, a la que ha tenido acceso Efe, contiene la peculiaridad de absolver a la dueña de la empresa que vendió la casa, para quien el fiscal había pedido un año de cárcel, porque no se ha demostrado que sus operarios llevaran a cabo la instalación ni las obras de alcantarillado.

Los condenados F.L.T. y O.O.S. compraron en 2005 una parcela de mil metros cuadrados, donde entre junio y septiembre de ese año instalaron una casa prefabricada de fibrocemento, una piscina de 2,5 por 7 metros y un porche de 15 metros cuadrados, obras que fueron denunciadas en una inspección de la Guardia Civil en noviembre de 2005. Ésta es una de las numerosas condenas que se han producido en los últimos meses contra propietarios de la urbanización Las Minas, donde la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo han denunciado cientos de viviendas y piscinas construidas sin licencia a sabiendas de que es una zona forestal no urbanizable.

Esta última sentencia penal reconoce que la zona tiene una "parcelación compleja", pues hay terrenos considerados como urbanos al estar regulados por un Plan Parcial de Parcelación del año 1973, aunque posteriormente no se consolidó. Ello ha dado lugar a que Las Minas esté urbanizada "de manera irregular", pues existen "pequeñas islas de terreno urbano dentro de una zona mayor de suelo no urbanizable", según declaró en el juicio el arquitecto municipal de Castilblanco.

La juez, no obstante, rechaza el llamado "error de prohibición" del matrimonio, que alegó desconocer lo ilegal de su actuación basándose en el supuesto "consentimiento" del Ayuntamiento ante estas construcciones ilegales y la presunta confianza en que la obra sería legalizada más adelante.

La sentencia explica que los padres de los acusados conocían la situación de la zona porque "vivían en una parcela contigua" y que "es un hecho notorio que toda construcción necesita una licencia urbanística".

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