Sevilla

La ciudad de los 10.000 veladores y los peatones arrinconados

  • La avalancha de nuevas terrazas de veladores ha obligado al Ayuntamiento a endurecer los requisitos.

Carlos Navarro Antolín

La crisis económica y las leyes antitabaco han disparado la oferta de terrazas de veladores en la ciudad de Sevilla. En la ciudad cada vez hay más bares, pues se han convertido en un negocio refugio ante el desempleo generalizado en todos los sectores, y todos los establecimientos necesitan de la vía pública para que la clientela pueda consumir y fumar al mismo tiempo. Sevilla dispone de una oferta que alcanza los diez mil veladores en bares y restaurantes. El Ayuntamiento concede cada año más de mil permisos para más de 9.600 mesas con sus respectivas sillas. Se trata de la cifra de las terrazas amparadas por alguna licencia, pues en no pocos casos se instalan sin permiso o con el permiso tramitado pero no validado. Conviene también tener en cuenta el efecto llamada para la instalación de nuevas terrazas que han tenido las peatonalizaciones en el centro y en barrios como Los Remedios.

La avalancha de nuevas terrazas de veladores a lo largo de 2012 ha obligado al Ayuntamiento a endurecer los requisitos para acceder a una licencia, de tal forma de que ha sido aprobada una nueva ordenanza. La percecepción cada vez más generalizada es que hay determinadas calles claves del centro histórico de la ciudad por la que el peatón está literalmente arrinconado.

El gobierno del PP ha apostado por recortar el horario de las terrazas para poner ordenen en el tsunami de mesas y sillas. Los hosteleros tendrán que recoger las mesas a la una de la madrugada de acuerdo con la reforma de la ordenanza, cuando anteriormente tenían el horario tope de las dos de la madrugada. Urbanismo, además, establece una normativa específica para las Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS), donde el horario tope es aún más restrictivo, pues queda fijado en las 23:00 con las únicas excepciones de los periodos de Semana Santa, Feria de Abril, festivos y vísperas de festivos. Otra de las grandes novedades de la reforma de la ordenanza es que la zona de veladores tendrán que estar obligatoriamente delimitada por tachuelas oficiales que instalarán los operarios de la Gerencia de Urbanismo con el objetivo de que sólo se haga uso del espacio exacto autorizado en la licencia y que el posible incumplimiento sea manifiesto. La licencia para la instalación de la terraza tendrá que estar expuesta en el exterior del local. Y el Ayuntamiento atenderá las denuncias sobre posibles incumplimientos a través de internet en un buzón de colaboración.

Las terrazas tendrán que fijar la delimitación de su espacio mediante unas marcas similares a las del carril bici para que se garantice que no se excede el espacio para el que tiene licencia, una licencia máxima para 100 metros cuadrados y 25 veladores que habrá además de estar visible en el exterior. Las citadas marcas serán instaladas en presencia de responsables del Ayuntamiento y de la empresa, que será quien abone el coste.

La nueva normativa admite la instalación de terrazas de veladores a los hoteles, siempre y cuando cuenten con un bar o restaurante con acceso directo desde el exterior. Quedará autorizada la posibilidad de reducir la superficie de las mesas para que tengan cabida calefactores, jardineras, separadores y pulverizadores. También se regulan los elementos de sombra permanente "siempre que sean desmontables y no tengan cortina lateral" y se delimita un espacio mínimo de 1,5 metros entre la fachada y el inicio de los veladores para el paso de los peatones, un paso que no podrá estar ocupado por publicidad estática.

Las sanciones permanecen entre 600 y 2.999 euros para las infracciones leves; entre 3.000 y 5.999 euros para las graves y entre 6.000 y 120.000 euros para las muy graves, aunque se añade que el establecimiento que reúna tres sanciones graves y dos muy graves perderá la licencia por reincidente, además de sufrir la respectiva multa. Entre las multas muy graves se tipifica ahora que no se puedan apreciar las delimitaciones que marcan el espacio. El incumplimiento de las órdenes de suspensión y de restitución y retirada será sancionado con multas de un 10% del valor de la instalación y un mínimo de 600 euros. Las sanciones se reducen un 50% cuando el infractor cumpla voluntariamente la orden de restitución y pague la sanción en un mes o cuando se acoja al procedimiento abreviado, pagando en un plazo de 15 días naturales y renunciando a formular alegaciones.

Esta normativa entra en vigor en 2013. Incluye también la subida de las tasas en determinadas calles del centro.

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