Granada

Más de 2.600 granadinos formalizan su testamento para una muerte digna

  • La declaración de voluntad vital anticipada es el derecho que una persona tiene a decidir sobre las actuaciones sanitarias de las que pueda ser objeto en el supuesto de que llegado el momento no pueda decidir por sí misma.

Un total de 2.640 granadinos han formalizado su testamento vital entre mayo de 2004 -cuando entró en vigor en Andalucía el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas creado para favorecer el derecho a una muerte digna- y el 31 de julio de 2009, según ha informado a Efe la Consejería de Salud.

La declaración de voluntad vital anticipada es el derecho que una persona tiene a decidir sobre las actuaciones sanitarias de las que pueda ser objeto en el futuro, en el supuesto de que llegado el momento carezca de capacidad para decidir por sí misma.

En el conjunto de Andalucía se han registrado 16.087, que se distribuyen por provincias de la siguiente manera: Almería (1.023); Cádiz (2.061); Córdoba (1.326); Granada (2.640); Huelva (557); Jaén (827); Málaga (4.455); y Sevilla (3.198).

En enero a julio de 2009, se formalizaron en la comunidad un total de 1.934 declaraciones, que se repartieron entre 155 de Almería, 239 de Cádiz, 144 de Córdoba, 259 de Granada, 85 de Huelva, 116 de Jaén, 499 de Málaga y 437 de Sevilla.

Según la Consejería, la tasa media de inscripciones en mayores de 18 años en Andalucía, ascendió en febrero de 2009 a 2,45 por 1000 habitantes.

Granada y Málaga superaron la tasa andaluza con 3,62 y 3,53, respectivamente, y por se encontraron las demás provincias andaluzas: Sevilla y Cádiz con 2,14 y 2,12; Córdoba (2,07); Almería (1,92) y Jaén y Huelva, con 1,55 y 1,36.

El derecho a hacer la declaración de voluntad vital anticipada puede ejercerlo toda persona mayor de edad, o menor emancipado, que esté en disposición de decidir con arreglo a sus convencimientos y preferencias.

Por ahora, la declaración de voluntad vital anticipada sólo tiene validez en el territorio andaluz, sin embargo está previsto que se extienda a todas las comunidades autónomas, una vez se ponga en marcha el Registro Nacional.

La declaración puede modificarse o anularse en cualquier momento que lo desee por el mismo procedimiento por el que la llevó a término la primera vez.

El pasado 9 de junio el Gobierno andaluz aprobó el proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte, una norma pionera en España que regula los derechos de pacientes y deberes de los profesionales sanitarios de los centros públicos y privados.

La futura ley regulará el "abanico de posibilidades" clínicas para garantizar una muerte diga y minimizar los procesos agónicos, como la limitación del esfuerzo terapéutico, que permite a un paciente no recibir tratamientos artificiales para seguir con vida, o el rechazo al tratamiento, que le faculta a desconectarse de sistemas artificiales.

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