Sevilla

El ADN exculpa a un acusado de un robo violento que había aceptado la condena

  • El informe pericial que le exoneraba no se incorporó a la causa hasta que se estaba ejecutando la pena

Las pruebas de ADN han permitido al Tribunal Supremo absolver a un joven que fue acusado de un robo violento en el interior de un vehículo, en el que dos mujeres fueron asaltadas con un cuchillo de grandes dimensiones, a pesar de que el acusado había mostrado inicialmente su conformidad con los hechos y aceptó una condena de tres años, seis meses y un día de prisión.

La sentencia, dictada el 12 de abril de 2011 por el juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla, condenó a Ismael M. T. como autor de un delito de robo con intimidación y empleo de instrumento peligroso. Los hechos se remontan a las 03:46 de la madrugada del 22 de noviembre de 2010, cuando dos mujeres fueron asaltadas por un individuo desconocido que rompió el cristal del copiloto. El atracador, que llevaba un gorro negro y gafas de sol oscuras, les arrebató los bolsos y otros efectos, y se dio a la fuga, pero durante el robo se hizo cortes en la mano al romper el cristal, con lo que su sangre quedó en el interior del vehículo y las víctimas también sufrieron pequeños cortes.

La causa fue instruida por el juzgado de Instrucción número 16, donde las víctimas reconocieron fotográficamente a Ismael M. T. como autor del robo, por lo que en febrero de 2011 el fiscal formuló un escrito de acusación y le pidió cinco años de cárcel. La acusación se planteó en base a los reconocimientos fotográficos y en rueda de reconocimiento y porque las víctimas habían sufrido heridas, lo que explicaría que los restos de sangre no coincidieran con los del imputado.

Cuando se estaba ejecutando la condena, se unió a los autos un sobre cerrado que contenía el "informe completo" del análisis de ADN que había sido remitido al juzgado de Instrucción y que estaba fechado el 9 de marzo de 2011 -un mes antes de que se celebrara la vista oral-. Ese informe determina que en las dos muestras de sangre recogidas en el vehículo se habían obtenido "un mismo perfil genético de varón" y al no haber otra posible contaminación antes de que se realizara la inspección ocular por parte de la Policía Científica, el acusado era inocente. El fiscal solicitó la suspensión de la ejecución de la pena y la libertad provisional de Ismael M. T., quien no obstante quedó en prisión "por otras causas".

La sentencia señala que con posterioridad se realizó una identificación positiva de los restos sanguíneos, que coincidían con el perfil de ADN de otro individuo, C. G. R., contra el que se inició un procedimiento que está inicialmente archivado por existir "cosa juzgada" y a la espera de la resolución de este recurso de revisión. El Alto Tribunal ha estimado el recurso y ahora habrá que abonarle en las otras causas el tiempo privado de libertad.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios