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Urbanismo

Aire para los quiosqueros

  • La publicidad de los quioscos será explotada por sus dueños

  • Los anuncios de bebidas alcohólicas con una graduación superior a los 20 grados o que fomenten la prostitución están prohibidos

Numerosas personas pasan junto a un quiosco situado en una de las aceras del Centro Comercial Nervión Plaza.

Numerosas personas pasan junto a un quiosco situado en una de las aceras del Centro Comercial Nervión Plaza. / Antonio Pizarro

Algo de oxígeno para los quiosqueros. Tras las diversas reuniones celebradas en los últimos meses con los dueños de los quioscos de prensa, chucherías, helados y flores en las que la Gerencia de Urbanismo ha trasladado las dificultades de las distintas fórmulas de gestión de la superficie destinada a publicidad en esos puntos de venta, los técnicos han optado finalmente por otorgar la licencia a los quiosqueros. El acuerdo rige sobre el punto 4 de la ordenanza: “Los quioscos podrán disponer de una superficie destinada a mensajes publicitarios que no podrá exceder de seis metros cuadrados siempre que esté integrada en su diseño y previo obtención de la correspondiente concesión administrativa o licencia de publicidad”.

Con la finalización del contrato adjudicado hace 19 años a Clear Channel S. L. no sólo acaba para esa empresa el derecho a explotar publicitariamente, sino también el régimen de obligaciones, siendo de especial importancia la de mantener en perfecto estado de limpieza, seguridad y conservación los quioscos instalados, salvo la zona interior de los mismos. La Gerencia ha emitido un informe con fecha de 26 de junio que contiene todos los criterios para la obtención de la correspondiente licencia de publicidad. Esta medida deberá ser positiva para los quiosqueros, una de las caras de la crisis de los medios impresos, la económica y la era de la digitalización. En los últimos cuatro años han cerrado en toda España más de un 15% de los puntos de venta de periódicos y revistas, según datos de la Agrupación Nacional de Vendedores de Publicaciones (ANVP).

Antes de que el dueño de un quiosco pueda pedir su licencia de publicidad queda un paso. Iniciar el procedimiento de liquidación del contrato finalizado con Clear Channel S. L. Ya cuenta con el visto bueno en la Gerencia. Será requisito para la solicitud de la licencia que el titular de la concesión se encuentre al corriente en las tasas de ocupación, así como que la actividad que se ejerce en el quiosco se encuentre en activo.

El Ayuntamiento podrá colocar carteles durante cuatro campañas anuales de 15 días

Entre las condiciones para otorgar la licencia de publicidad se encuentra que los quioscos no sufran ninguna transformación externa que altere su fisonomía, habiéndose previsto la ubicación de elementos de sombra y de equipos para la instalación de climatización de los mismos. Sólo podrán instalarse mensajes publicitarios en las tres caras habilitadas (conocidas como mupis), y el en toldo frontal. No está permitido la colocación de pantallas variables, digitales, táctiles, rótulos en coronación del quiosco, vinilado de la superficie del quiosco, el uso de leds, láseres y proyectores convencionales con fines publicitarios, carteles, caballetes publicitarios, así como cualquier otro elemento o soporte de publicidad distintos a los autorizados.

En los últimos cuatro años han cerrado en el país el 15% de los puntos de venta de periódicos

El quiosquero contará con una obligación: deberá tener disponible de forma gratuita un mupi para la colocación de carteles de publicidad e información institucional durante cuatro campañas anuales de 15 días consecutivos cada una. Entre las publicidades quedan prohibidas las que atenten contra la dignidad de las personas o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución; bebidas alcohólicas con graduación superior a 20 grados; y las que promueva, favorezca o fomente el consumo de prostitución y la explotación sexual. Si a juicio del Ayuntamiento se incumple, se dictará orden de ejecución para que en el plazo máximo de veinticuatro horas se retire la publicidad. Si no se cumple se precintarán o anularán los espacios publicitarios, independientemente de las sanciones que procedan.

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