Sevilla

La Audiencia condena a 22 años al marroquí que mató a su vecina

  • La sentencia señala que le asestó siete golpes en la cabeza para robarle un cordón de oro

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 22 años y medio de cárcel al marroquí Abdelmjid E. A., como autor del asesinato de su vecina Asunción Ruiz Gómez, de 69 años, a la que golpeó en siete ocasiones en su vivienda de Torreblanca, con la finalidad de robarle un cordón de oro que posteriormente vendió en un local de empeño.

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia recoge como hechos probados que entre las dos y las cuatro de la tarde del 1 de abril de 2015, Jueves Santo, el acusado acudió al domicilio de su vecina, ubicado en el número 42 de la calle Cedro. Según los magistrados, el procesado sabía que la mujer vivía sola y tenía un "delicado estado de salud".

Cuando la anciana le abrió la puerta, Abdelmjid E. A., con intención de "obtener un beneficio económico", se introdujo en el interior, la acosó y la siguió hasta el dormitorio, donde "haciendo uso de un objeto romo contundente que no ha sido hallado, la atacó por detrás golpeándola al menos en siete ocasiones en la cabeza con la intención de acabar con su vida, lo que consiguió, sin que la misma pudiera defenderse". El marroquí consiguió arrebatare una cadena de oro que la víctima siempre llevaba puesta y se marchó del lugar cerrando con una llave que la víctima tenía colocada por dentro de la cerradura.

La joya sustraída, que está valorada en 737,64 euros, fue vendida por 530 euros la misma tarde del crimen en un local de empeño y días más tarde fue fundida, convirtiéndola en un bloque de oro. El fallo constata que la anciana murió a causa de un traumatismo craneoencefálico severo, con destrucción de centros vitales neurológicos.

En un primer momento, los familiares pensaron que Asunción se había dado un golpe en la cabeza como consecuencia de un mareo, pero el examen del cuerpo por el médico forense concluyó que se trataba de una muerte violenta por traumatismo abierto con fractura y hundimiento craneal.

La Audiencia ha condenado al ciudadano marroquí a 18 años de cárcel por un delito de asesinato, al considerar que la víctima "no pudo articular la más mínima defensa" porque "no hubo lucha o enfrentamiento, pues conforme a los informes forenses, la fallecida no presentó lesiones características de defensa o lucha". La Audiencia concluye que hay "material probatorio suficiente para fundamentar su condena". La autoría del crimen y del robo queda acreditada "por haber quedado probado que era vecino de la fallecida, lo que le permitía su acceso al edificio donde aquella habitaba, posibilitando que le abriera la puerta de su domicilio, pudiendo luego cerrarla con las llaves que la finada tenía puestas por dentro", argumenta el fallo.

El tribunal añade que los datos que el acusado proporcionó en su declaración ante la Policía, donde reconoció el crimen -luego se retractó cuando declaró ante el juez- "sólo podían ser conocidos por el autor de los hechos, máxime si se tiene en consideración que las actuaciones fueron declaradas secretas durante un mes".

La abogada Mónica Gallardo Bejarano, que representa a los familiares de la víctima, mostró ayer su satisfacción por esta sentencia, con la que considera que se ha "hecho justicia", al tiempo que destacó que la "motivación" de la resolución para llegar a la conclusión de la culpabilidad del acusado.

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