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Sevilla

Condenado a 20 años por matar a su hermano de una puñalada

  • El Supremo confirma la sentencia y estipula que deberá abonar en concepto de responsabilidad civil 61.644 euros a los dos hijos de la víctima y otros 8.806 euros a su madre.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 20 años y un mes de cárcel impuesta a un hombre por asesinar a su hermano de una puñalada y por otro delito de maltrato habitual en el ámbito familiar. El condenado, Agustín B.R., de 54 años, se encontraba el 5 de agosto de 2010 en el domicilio familiar, situado en el Polígono Norte de Sevilla, y con el "firme propósito" de acabar con la vida de su hermano José Luis le apuñaló en la axila izquierda de forma "inadvertida y sorpresiva", según la sentencia de la Audiencia de Sevilla.

El Tribunal Supremo en el auto no admite a trámite el recurso del acusado y dice que no se ha vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. El alto tribunal confirma la interpretación de la Sección Primera de la Audiencia, que consideró demostrada la alevosía porque Agustín abordó a su hermano José Luis "de manera inadvertida y sorpresiva" y lo apuñaló de manera tan rápida que "no pudo reaccionar, cayendo desplomado". Además, tiene en cuenta el comportamiento del acusado, que una vez que apuñaló a su hermano, vio "cómo se desangraba, sin prestarle ayuda" y cuando llegó la Policía confesó que había propinado una puñalada a su hermano "porque le tenía harto".

Según la sentencia, mientras su hermano moría, el condenado permaneció "tranquilamente sentado en un sillón del domicilio" haciendo ademanes de clavarse el cuchillo ante las vecinas que le recriminaban lo que había hecho. El TS ratifica que no hubo una "agresión ilegítima por parte de la víctima" y que el ataque fue "sorpresivo e inesperado", que el apuñalado "no se imaginaba agresión alguna" y que por tanto el acusado "eliminó toda posibilidad de defensa".

En la fecha de los hechos el condenado mantenía sus facultades intelectuales y madurativas conservadas, según la sentencia, y ahora el Supremo rechaza la parte de su recurso que pretende que se le aplique una eximente de responsabilidad penal que no planteó con ocasión del juicio.

Durante el juicio este hombre alegó legítima defensa y dijo que se había producido una discusión y que su hermano le agredió con un cinturón, por lo que cogió un cuchillo que se clavó accidentalmente en la víctima durante el forcejeo. El tribunal sevillano entendió que existía una convivencia entre hermanos "muy conflictiva" y que era frecuente que el condenado "volcara su ira" contra su madre, de 76 años, insultándola gravemente y apretándole los brazos y zarandeándola.

El Supremo confirma la condena de 18 años de cárcel por un delito de asesinato con la agravante de parentesco, y otros 25 meses de prisión por maltrato en el ámbito familiar. En concepto de responsabilidad civil deberá abonar 61.644 euros como indemnización a los dos hijos de la víctima y otros 8.806 euros a su madre.

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